Hacer caso omiso a las recomendaciones es hacer caso omiso a las necesidades de las personas
 
Hace (4) meses
 · 
Ana Karen Parra
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Hablar de derechos humanos no es un tema que se pueda abordar de manera irresponsable o simple y a la ligera, ya que la desinformación puede crear confusiones respecto a la emisión de recomendaciones y el impacto que estas tienen en la vida de las personas y de las instituciones, ya que no todas las quejas que se presentan derivan en recomendaciones, sin embargo hoy abordaré con ustedes la recomendación.
El instrumento de mayor poder con que cuenta la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo (CDHEH) es la recomendación; cuando se inicia una queja en contra de la actuación u omisión de cualquier persona servidora pública estatal o municipal, la CDHEH realiza una investigación exhaustiva para determinar si el hecho violó o no los derechos humanos de la persona víctima, pudiéndose concluir en una amigable composición, una propuesta de solución o una recomendación.
El poder de la recomendación —al no ser un instrumento vinculante— radica en su carácter público y de conocimiento mediático, en la cual se informa a las personas, a las instituciones y a la opinión pública de los hechos que originaron la violación de derechos humanos, asimismo, las observaciones y puntos recomendatorios con la finalidad de restituir los derechos y la dignidad de las personas víctimas directas e indirectas, así como generar un compromiso y la garantía de no repetición, todo esto desde la responsabilidad social que impacta en cada persona atendida por la autoridad recomendada.
Como se puede observar, la recomendación es un instrumento eficaz y poderoso, que emiten los OPDH en el Sistema no Jurisdiccional del Estado Mexicano.
Con mucha voluntad, las autoridades que representan las instituciones que han sido recomendadas por este organismo defensor de los derechos humanos, han aceptado las recomendaciones, y hemos dado seguimiento al cumplimiento de cada punto; sin embargo, en esta semana la CDHEH dio a conocer el caso de una autoridad que hizo público que no aceptó
—de manera oficial— una de nuestras recomendaciones.
Pero ¿qué pasa cuando no se acepta una recomendación?
Como primera fase la autoridad o la persona servidora pública a quien se dirigió la Recomendación debe fundar, motivar y hacer pública su negativa.
Como segunda fase, la CDHEH debe llevar a cabo un ejercicio para informar a la ciudadanía sobre la no aceptación de la recomendación, explicando detalladamente el procedimiento que se seguirá. Esta acción es vital para garantizar la transparencia y mantener informada a las personas.
En la tercera fase se consultará con el órgano legislativo para determinar si la fundamentación y motivación presentadas por la autoridad recomendada son suficientes, ello entendiéndose que se entregarán las evidencias necesarias para su adecuada exposición en la audiencia solicitada con parámetros basados en el principio pro-personae, caso contrario, y si la autoridad persiste en su negativa, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo tiene la potestad de denunciar ante el Ministerio Público o la autoridad administrativa correspondiente a las personas servidoras públicas señaladas en la recomendación como responsables.
Además, nuestra institución puede solicitar al Congreso del Estado que cite a la autoridad a quien se notificó la Recomendación para explicar su omisión.
Esto conlleva una máxima premisa en la responsabilidad institucional de la defensa y protección de derechos humanos pues la existencia de una comisión legislativa enfocada a los derechos humanos debe ejercer sus facultades en beneficio de las víctimas y no de la autoridad, lo cual se reforzará en el desahogo de la comparecencia como un mecanismo de coadyuvancia a mejorar los entornos de las personas y evitar futuras violaciones, un paso crucial para garantizar que se escuchen todas las voces y se tengan en cuenta todas las perspectivas, nuestro papel es facilitar los canales de comunicación para que cada institución cuente con la certeza jurídica correspondiente.
Las víctimas directas e indirectas pueden interponer un recurso de impugnación ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH); en el caso de que la instancia nacional admita el recurso, podrá solicitar a la autoridad recomendada que informe y justifique su negativa de aceptar la Recomendación e incluso en colaboración con la Cámara de Senadores, revisarán las razones de esta decisión.
Hoy esta comisión se muestra fuerte y visible arropando su autonomía y el gran valor social que se sostiene en el sistema no jurisdiccional; este hito histórico deberá definitivamente marcar un precedente en las instituciones del estado y a nivel nacional, porque es nuestra labor hacer uso de todos los medios posibles para garantizar la restitución de los derechos humanos de las personas.
Confiamos en las instituciones y creemos en las personas, por qué hacer caso omiso a las recomendaciones, es hacer caso omiso a las necesidades de las personas.
En la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo ¡Sí te creemos!
¡Hasta que la dignidad y justicia se hagan realidad!

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