Modifican fórmula para calcular tope de comisiones en Afores
 
Hace (30) meses
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Agencia Reforma

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La nueva administración de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) modificó la fórmula para calcular el tope a las comisiones que podrán cobrar las Afores a partir del próximo año.

La metodología para calcular el tope de comisiones ya se había publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en mayo de este año, pero la nueva administración emitió modificaciones al acuerdo para cambiar la fórmula original.

El argumento es que esta nueva fórmula “simplificada” propuesta por la Consar establece una metodología más sencilla y congruente con las utilizadas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Además, sostiene que esta nueva fórmula simplifica la comparación de comisiones de México con Chile, Colombia y Estados Unidos, según las modificaciones al Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Consar por el que dictan políticas y criterios en materia de comisiones publicado en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).

Consar estableció que anualmente se revisarán los cobros en materia de comisiones en Estados Unidos, Colombia y Chile con los datos disponibles hasta el cierre del mes de septiembre.

Con base en dicha información, la Junta de Gobierno de la Consar dará a conocer a más tardar el último día hábil de octubre de cada año el máximo de las comisiones que podrán cobrar las Afores a partir del año calendario siguiente.

Asimismo, la Comisión dará a conocer en la misma fecha los valores de los parámetros utilizados en el cálculo del máximo de comisiones.

Con esto, el máximo al que se sujetarán las comisiones que cobren las Administradoras se publicará por primera vez y a más tardar el último día hábil de octubre de 2021, indica el documento.

Este tope al cobro de comisiones de las Afores emana de la aprobación de la reforma a Ley del Seguro Social y la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro en diciembre de 2020, la cual entró en vigor el 1 de enero de 2021.

En esta reforma se estableció que las comisiones que cobren las Administradoras estarán sujetas a un máximo que resultará del promedio aritmético de los cobros en materia de comisiones en los sistemas de contribución definida de Estados Unidos, Colombia y Chile.

Charlene Domínguez
Agencia Reforma

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