El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el pasado 23 de agosto los acuerdos relativos a las asignaciones de diputaciones federales y senadurías del Congreso de la Unión.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el pasado 23 de agosto los acuerdos relativos a las asignaciones de diputaciones federales y senadurías del Congreso de la Unión.
Una decisión que en cada elección federal genera interés, suspicacia y controversia por su trascendencia política y legislativa; sin embargo, también demuestra el conocimiento o desconocimiento técnico y político de muchas personas actoras políticas y opinadoras de redes sociales.
Se ha dicho mucho en contra del INE y respecto de sus 11 consejerías electorales que tuvieron la responsabilidad de tomar una decisión al respecto, estas opiniones van desde que son demócratas hasta que son árbitros vendidos, tanto al régimen, como a la oposición, o sea, de todos contra todos, la polarización, pues.
Preocupantemente, muchas personas en redes sociales y en espacios públicos generaron una sentencia y una opinión basada exclusivamente en sus preferencias o en sus fobias políticas y francamente, sin rigor técnico.
Así, con este beligerante contexto político, el Consejo General del INE aprobó por mayoría de votos (7-4) la asignación propuesta inicialmente por su Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, la cual, hay que decirlo, está basada no solo en el texto constitucional y legal, sino en la aplicación del procedimiento que en diciembre pasado aprobaron antes de conocer qué coaliciones iban a participar y menos sin saber los resultados electorales del 2 de junio pasado a nivel federal, sin mencionar que el proyecto siguió, en lo general, los criterios aprobados en oportunidades anteriores de asignaciones de cargos federales de representación proporcional y ratificados en su momento por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Así, el principal tema de discusión en la opinión pública fue si el INE debía considerar a las coaliciones participantes en el proceso electoral federal como un partido político para la asignación de las diputaciones federales y senadurías de representación proporcional, pero el viernes pasado las 11 consejerías electorales, derivado de los antecedentes y criterios jurisdiccionales, coincidieron en que no debía ser así, y que la interpretación para el caso era que con independencia de su participación asociada o individual, a cada uno de los partidos políticos se les debía asignar espacios de representación proporcional.
Desde luego esta decisión se impugnó y hace un par de días la Sala Superior del TEPJF confirmó esta decisión, luego de diversas posiciones de las magistraturas que la integran, con una votación de cuatro votos a favor y uno en contra.
Con esto, el análisis debe centrarse en que la aplicación de la Constitución, de la ley general, de los procedimientos previamente establecidos y de los precedentes jurisdiccionales; no debe depender ni partir desde cómo le fue a determinada fuerza política en las urnas, sino estrictamente desde lo que mandata la norma.
En suma, las autoridades electorales asignamos la representación proporcional de los Congresos federal y locales con base en los porcentajes de votación y en apego a los procedimientos establecidos en la Constitución y la ley, tal como se hizo en 2018 y 2021.
Por tanto, la mayoría calificada en la Cámara de Diputados y la mayoría absoluta en el Senado de la República, que en suma reúnen los partidos políticos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México, no fue “otorgada” por el INE ni por el TEPJF, sino que es consecuencia directa e indiscutible de lo que la ciudadanía decidió en las urnas el pasado 2 de junio.