Reforma fiscal activa desde enero establece procedimientos presenciales en sitios donde se verificará la veracidad de comprobantes fiscales emitidos
A partir de este enero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) contará con facultades ampliadas para realizar visitas a domicilios particulares, pequeños negocios y empresas, con el objetivo de verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales y la autenticidad de los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), según lo establecido en la reciente reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF).
Esta disposición entró en vigor con la publicación de los cambios en el Diario Oficial de la Federación y modifica los procedimientos de fiscalización tradicional.
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En las nuevas disposiciones, el organismo fiscal puede ingresar a domicilios fiscales, sucursales, oficinas, bodegas, almacenes, locales comerciales y cualquier lugar donde se desarrollen actividades que amparen los comprobantes fiscales, en caso de que existan presunciones fundadas de irregularidades en las operaciones reportadas.
Durante estas inspecciones, el SAT está autorizado para tomar fotografías, grabar audio y video, así como documentar evidencia que respalde los procedimientos de verificación.

La reforma incorpora, entre otros elementos, el artículo 49 Bis al CFF, que habilita al SAT para aplicar un procedimiento expedito cuando presume que los CFDI son falsos o que las operaciones no corresponden a la realidad económica de los contribuyentes.
Bajo este esquema, la autoridad puede ordenar la suspensión temporal de la emisión de facturas mientras se lleva a cabo la visita y análisis de evidencia recabada.
El propósito de estas verificaciones no es generalizado ni arbitrario, sino que se basará en criterios técnicos y análisis de riesgo fiscal. La autoridad aclaró que no realizará inspecciones masivas “casa por casa”, sino que las visitas serán selectivas y dirigidas a casos específicos donde existan indicios de irregularidades fiscales.
Representantes del Colegio de Contadores Públicos de México detallaron que el SAT podrá ingresar acompañado de abogados y con equipos de grabación para generar evidencia directa durante las auditorías. Esta evidencia documental puede emplearse posteriormente para determinar la veracidad de operaciones, combatir la emisión de facturas falsas y, de ser necesario, iniciar procedimientos sancionadores o penales.
Las visitas podrán realizarse en cualquier momento del año, y cuando no sea posible la presencia del contribuyente, la autoridad fiscal podrá notificar mediante el Buzón Tributario y reprogramar la diligencia conforme a lo establecido por la ley.
El contribuyente tiene derecho a solicitar identificación oficial de los visitadores, revisar la orden de visita y contar con un representante legal o testigos durante la diligencia.
Especialistas fiscales indicaron que, para evitar confrontaciones o sanciones derivadas de estas inspecciones, los contribuyentes deben mantener actualizados sus registros contables, comprobar que sus CFDI amparen operaciones reales, y verificar que sus domicilios fiscales y actividades declaradas coincidan con la realidad operativa.
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