A partir de 2026, el SAT empezará a aplicar visitas domiciliarias a una serie de sujetos fiscales, sin un patrón preestablecido

Las visitas domiciliarias del SAT en 2026 se llevarán a cabo a contribuyentes, responsables solidarios y más entidades fiscales
En 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) comenzará a aplicar visitas domiciliarias a contribuyentes, responsables solidarios y otras figuras jurídicas involucradas en actividades fiscales y comerciales.
Aunque la incertidumbre ha girado en torno a quiénes serán los primeros seleccionados para este procedimiento, la autoridad fiscal ha aclarado que no habrá un patrón o lista predeterminada para estas visitas.
El SAT tiene la facultad de supervisar a una amplia gama de contribuyentes y entidades fiscales. Según el Código Fiscal de la Federación, las personas físicas, morales y otras entidades pueden ser seleccionadas para una inspección domiciliaria. Entre los posibles destinatarios de esta revisión se encuentran:
Personas físicas y morales que declaran impuestos ante el SAT.
Responsables solidarios, quienes asumen obligaciones fiscales junto con el contribuyente.
Terceros relacionados con los contribuyentes, como los que almacenan o manejan documentos relevantes.
Asesores fiscales involucrados en esquemas de revelación o reportes especiales.
Instituciones financieras en operaciones sujetas a revisión.
Integrantes de fideicomisos: fiduciarias, fideicomitentes y fideicomisarios.
Partes contratantes e integrantes de figuras jurídicas afines.
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El proceso de fiscalización domiciliaria sigue un protocolo estricto, asegurando que se cumplan las normativas legales. Estas visitas se realizarán en el domicilio fiscal, local o establecimiento señalado por el contribuyente, con el fin de verificar diversos aspectos, como:
Revisión directa de la contabilidad y estados financieros.
Comprobación de la emisión de comprobantes fiscales.
Inspección de bienes, mercancías y documentos relacionados con operaciones fiscales o aduaneras.
La autoridad debe entregar una orden de visita y la Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado, además de identificarse plenamente. Durante la inspección, se pueden designar testigos para cada etapa de la diligencia, y todas las acciones deben ser registradas en actas circunstanciadas.
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La visita domiciliaria conlleva responsabilidades tanto para la autoridad como para los contribuyentes. Según la Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado, los contribuyentes tienen la obligación de:
Permitir el acceso a los visitadores a los lugares señalados.
Suministrar documentos y facilitar el acceso a la contabilidad electrónica.
Entregar copias de los documentos requeridos y permitir la inspección de bienes almacenados.
Colaborar en la designación de testigos.
Por su parte, los visitadores del SAT deben actuar con respeto, sin emitir juicios verbales, y documentar los hallazgos únicamente en las actas formales. Además, deben respetar el derecho del contribuyente a presentar pruebas en su defensa.
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Las visitas domiciliarias del SAT se realizan dentro de días y horas hábiles, salvo en casos excepcionales, como operaciones de comercio exterior, donde la fiscalización puede extenderse a las 24 horas.
En cada visita, se levantan actas parciales y una acta final, que detalla los hallazgos encontrados, el contribuyente tendrá la oportunidad de desvirtuar las observaciones realizadas por la autoridad.
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