Aunque haya suspensión por adeudo, los alumnos deben tener derecho a presentar exámenes extraordinarios
Frente a las dificultades económicas que enfrentan muchas familias mexicanas para cubrir los costos de escuelas privadas, la Profeco publicó una guía en la edición de agosto de la Revista del Consumidor. Este documento ofrece orientación a madres, padres y tutores que ya no pueden seguir pagando la colegiatura de sus hijos.
La Profeco recuerda que la educación es un derecho constitucional, por lo que ninguna situación económica debe poner en riesgo la continuidad académica de niñas, niños y adolescentes. Las instituciones educativas particulares deben garantizar condiciones mínimas de transparencia y respeto a los derechos de los consumidores.
Según la guía, las escuelas privadas deben cumplir con el acuerdo que regula la comercialización de servicios educativos. Esto incluye:
Informar si están incorporadas a la SEP, y en su caso, proporcionar el número del acuerdo.
Especificar si los estudios tienen validez oficial o no.
Desglosar claramente todos los costos: inscripción, reinscripción, colegiatura y cobros adicionales por exámenes, certificados o cursos.
Además, la Profeco advirtió que los planteles deben notificar con al menos 15 días de anticipación si van a suspender el servicio por falta de pago.
Cuando se acumulan tres mensualidades sin pagar, la escuela puede suspender el servicio educativo. Sin embargo, la familia conserva derechos importantes:
Recibir sin costo documentos como boletas, certificados o constancias, en un plazo máximo de 15 días hábiles desde que se soliciten.
Presentar exámenes extraordinarios, siempre que se cubran las cuotas correspondientes.
En caso de que la escuela retenga documentos, la Profeco recomienda acudir a la Oficina de Defensa del Consumidor (Odeco) más cercana para presentar una queja.
Si ya no puedes continuar pagando una escuela privada y necesitas cambiar a una pública, el plantel debe liberar sin demora los documentos necesarios para garantizar el ingreso del alumno al nuevo sistema.
La Profeco reitera que la retención de documentación oficial representa una violación a los derechos del consumidor y puede ser sancionada.
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