Para aquellas parejas que viven en concubinato y han decidido separarse, pero no saben cómo dividirse los bienes, esta información puede interesarles
Vivir en unión libre está cada vez más en boga, con más parejas optando por esta forma de convivencia en lugar del matrimonio tradicional. Sin embargo, ¿qué sucede con la propiedad compartida cuando estas parejas deciden separarse después de convivir durante un período prolongado?
Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación abordó esta cuestión en un recurso de revisión. El caso involucraba a una pareja que había vivido en concubinato y había acordado construir una casa, utilizando el terreno del hombre y con la mujer aportando más del 50% de los gastos de construcción.
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Tras un tiempo, el hombre decidió volver a casarse para poner fin al concubinato y exigir que la mujer abandonara la casa. La Suprema Corte, al revisar el caso, determinó que la inversión realizada por la mujer en la construcción de la casa representaba un costo significativo en términos de su derecho a acceder a una vivienda digna. Esta valoración se realizó con una perspectiva de género, reconociendo el derecho de la mujer a la igualdad de condiciones y acceso a la justicia.
La resolución de la Suprema Corte sobre la división de la vivienda construida durante el concubinato está orientada hacia la equidad de género para proteger los derechos de la mujer. En este contexto, la demandante puede alegar discriminación por ser concubina en lugar de esposa.
En otro aspecto, según las normativas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en ausencia de esposa(o), la pensión por viudez puede ser solicitada por la mujer u hombre con quien el asegurado o pensionado vivió durante los cinco años previos a su fallecimiento, o con quien tuvo hijos. Sin embargo, si existen dos o más esposas o concubinas, ninguna tiene derecho a la pensión.
La Suprema Corte ha establecido un precedente al determinar que, en caso de fallecimiento de un trabajador, la pensión por viudez puede ser repartida entre su esposa y concubina, respetando los derechos de ambas personas y reconociendo la importancia de la equidad de género en la distribución de beneficios.