El máximo tribunal del país tomó una decisión sobre el recurso presentado por la defensa del creador de contenido
La situación jurídica de Fofo Márquez tuvo un nuevo episodio luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación tomó una decisión sobre el recurso promovido por su defensa contra la condena que recibió.
El creador de contenido buscaba que el máximo tribunal del país analizara su caso; sin embargo, el Pleno determinó no ejercer su facultad de atracción. Esto significa que la Corte no estudiará el asunto ni fijará un criterio constitucional a partir de este expediente.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó atraer el amparo directo promovido por Rodolfo Márquez Alcaraz, conocido como Fofo Márquez, contra la sentencia de 17 años y seis meses de prisión que recibió por feminicidio en grado de tentativa.
Durante la sesión del lunes 29 de junio de 2026, el secretario general de Acuerdos informó al ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, que existía una mayoría de votos en contra de ejercer la facultad de atracción.
“Señor ministro presidente: en consecuencia, no se ejerce la facultad de atracción en la solicitud 622/2026”, expresó durante la sesión.
La determinación no implicó que la Suprema Corte analizara los argumentos planteados por la defensa ni que resolviera el amparo de fondo. Al rechazar la atracción, el recurso continuará bajo la competencia del tribunal colegiado correspondiente.
El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito solicitó que la SCJN conociera el asunto relacionado con Fofo Márquez.
La intención era que el máximo tribunal estableciera criterios sobre los elementos que deben valorar los juzgadores para determinar cuándo una agresión violenta contra una mujer constituye feminicidio en grado de tentativa.
El tribunal colegiado consideró que el caso podía tener interés y trascendencia por la naturaleza del delito, el debate generado y la posibilidad de establecer criterios aplicables en procesos similares.
Sin embargo, la mayoría de los ministros votó por no atraer el expediente, por lo que la Suprema Corte no se pronunció sobre ese debate jurídico.
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El proceso contra Fofo Márquez comenzó después de que agredió a Edith “N” el 22 de febrero de 2024 en el estacionamiento de una plaza comercial ubicada en Naucalpan, Estado de México.
La agresión quedó registrada en un video que circuló ampliamente en redes sociales. En las imágenes se observó al creador de contenido golpear a la mujer en diferentes ocasiones.
El 24 de enero de 2025, una autoridad judicial lo declaró culpable del delito de feminicidio en grado de tentativa. Cinco días después, el 29 de enero, recibió una sentencia de 17 años y seis meses de prisión.
Además de la pena privativa de la libertad, la resolución estableció el pago de una multa y otras cantidades relacionadas con la reparación del daño y la atención de la víctima.
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