El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) resolvió desechar cuatro juicios ciudadanos promovidos por actores políticos y ciudadanos

Durante una sesión pública del TEEH, magistrados determinaron que los juicios ciudadanos relacionados con revocación de mandato, omisión de información y elección de delegados en el Valle del Mezquital no podían continuar su análisis jurídico
En sesión pública, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) desechó cuatro juicios ciudadanos ingresados ante el organismo, relacionados con temas de omisión en entrega de información, revocación de mandato y elecciones de delegados en el Valle del Mezquital.
En ese sentido, los juicios ciudadanos TEEH-JDC-025-2026 y TEEH-JDC-023-2026, promovidos por los regidores de Huazalingo, Valentín Vargas Pablo, y de Francisco I. Madero, Leticia Juárez Chávez, respectivamente, fueron desechados debido a un cambio de situación jurídica.
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El primero se resolvió debido a que la solicitud presentada por Valentín Vargas Pablo fue atendida durante la sesión extraordinaria de Cabildo del 25 de febrero, en la que se dio respuesta a la petición que había realizado previamente al secretario general del ayuntamiento, Eloan Méndez, para obtener licencia por tiempo indefinido a su cargo.
Asimismo, el juicio ciudadano promovido por Leticia Juárez Chávez, en el que acusaba omisión de respuesta a un escrito por parte del secretario general Gregorio Hernández, también quedó sin materia de análisis, después de que el funcionario responsable emitió y notificó la respuesta correspondiente.
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En tanto, respecto al juicio TEEH-JDC-021-2026, promovido por Martín Camargo Hernández y relacionado con la revocación de mandato de la gubernatura de Hidalgo, el TEEH determinó que los actos reclamados ya habían sido analizados previamente en los juicios 80 del 2025 y sus acumulados, así como en los expedientes tres y cuatro del presente año.
Finalmente, sobre el expediente TEEH-JDC-030-2026, promovido contra la elección de autoridades auxiliares de la comunidad “Emes”, en Ixmiquilpan, el organismo jurisdiccional señaló la inexistencia de interés jurídico, motivo por el cual se desechó el recurso presentado.
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