Desecha TEEH juicio interpuesto por el síndico de Tulancingo

Se determinó que la denuncia debe ser analizada por medios de control distintos a los electorales

Imagen: Antonieta Islas
 
Hace (3) meses
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Imagen: Desecha TEEH juicio interpuesto por el síndico de Tulancingo

El director jurídico emitió una orden administrativa en enero | Foto: Especial

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El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) se declaró incompetente para conocer y resolver la demanda presentada por Pedro Orlando Escudero García, síndico jurídico del ayuntamiento de Tulancingo, contra un documento emitido por el director jurídico del municipio, José Alfredo Cruz León, ya que por su naturaleza debe ser analizada a través de medios de control distintos a los electorales.

Esto, luego de que el pasado 13 de enero, el síndico interpuso un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano ante la orden administrativa que recibió de la dirección jurídica, a través del oficio PMTB/DJM/JACL/001/2026, emitido el día 7 de ese mes.

Mediante dicho documento, Cruz León informó a Escudero García que a partir de esa fecha ya no podría revisar ni suscribir contratos de la Secretaría de Tesorería y Administración, lo cual el demandante consideró como una limitante indebida a sus facultades.

Aunque refirió que interpuso el juicio ciudadano para salvaguardar el ejercicio pleno del cargo público que ejerce, el TEEH determinó carecer de competencia para conocer y resolver este tema.

TEEH determinó carecer de cométencia en el caso

Además, el TEEH estableció que lo expuesto por el síndico no es susceptible de ser analizado por la vía electoral, toda vez que se encuentra relacionado con la forma en la que el ayuntamiento funciona como órgano de gobierno dentro del ámbito administrativo, pues implica una determinación enfocada a delimitar formalmente una facultad; es decir, una decisión interna de carácter administrativo sobre la distribución y ejercicio de competencias entre los integrantes del órgano edilicio.

Para el TEEH, no existe vulneración que derive en la probable afectación al derecho político-electoral de la parte actora en el ejercicio de su cargo como síndico jurídico.

Señala que el acto controvertido se encuentra vinculado con la organización y funcionamiento interno del ayuntamiento como órgano colegiado de gobierno, específicamente con la definición de atribuciones respecto del manejo, revisión y resguardo de documentación administrativa, materia que corresponde al ámbito del derecho municipal

El TEEH agrega que del contenido del acto impugnado no se advierte una afectación directa real y jurídicamente relevante al desempeño del cargo que ostenta Pedro Escudero, toda vez que la negativa para revisar o retener determinados documentos no le impide ejercer las funciones inherentes a su puesto ni menoscaba su calidad de integrante del órgano municipal

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