Se mantiene la Reforma Judicial, SCJN rechaza proyecto de inconstitucionalidad

Por unanimidad, la SCJN desesimó el proyecto de en torno a la reforma judicial, lo que provocó reacciones en redes sociales

Imagen: Redacción
 
Hace (18) meses
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Al no alcanzar los votos necesarios para invalidar parcialmente la reforma judicial, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó el proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.

De esta forma, tras más de 6 horas, concluyó la sesión del Pleno sin que las y los ministros pudieran entrar a debatir el fondo de la reforma judicial, que establece una elección por voto popular para elegir a los ministros, magistrados y jueces federales del país.

Desde las 10 de la mañana, el Pleno del Máximo Tribunal comenzó con el debate y la votación de asuntos relevantes del proyecto como la legitimación de los partidos políticos nacionales para presentar una acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma judicial, que avalaron por ocho votos a favor y tres en contra.

Se mantiene la elección de jueces en la reforma judicial

Sin embargo, debido a que al analizar la procedencia de las acciones de inconstitucionalidad para combatir reformas constitucionales las ministras Lenia Batres, Jasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf votaron en contra -junto con el ministro Alberto Pérez Dayán-, la ministra Norma Piña declaró un receso para determinar si se necesitaban ocho votos –como lo marcaba la Constitución antes de la reforma judicial– o seis votos -como se establece actualmente, para aprobar el proyecto de sentencia del ministro Alcántara Carrancá.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentará el proyecto de resolución sobre la reforma judicial en el pleno de la Suprema Corte el 5 de noviembre.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto de resolución sobre la reforma judicial en el pleno de la Suprema Corte el 5 de noviembre

Fue ahí cuando la Corte, al tomar la votación definitiva, determinó desestimar el proyecto del ministro Alcántara Carrancá en términos de la Constitución y la Ley reglamentaria del artículo 105, fracciones I y II de la Constitución.

Durante la votación de este asunto, si bien el ministro Alcántara Carrancá votó por considerar que con seis votos se podía invalidar parcialmente la reforma, dijo que “en estas condiciones, en medio del asunto mismo que estamos por votar, no creo que sea correcto entrar al fondo del asunto”.

“Las reglas del juego no se establecen en plena jugada. Con la misma autocontención que dio la elaboración del proyecto, creo que hoy nos corresponde autocontenernos y parar. Es decir, es estéril el estudio del fondo si ya se pronunciaron las señoras ministras Yasmín Esquivel, Ortiz, Batres y el ministro Pérez Dayán por la improcedencia de este medio de control”, dijo.

De esta forma acabó el llamado “juicio final” que se llevó a cabo en la Corte y en el cual se proponía definir el futuro de miles de juzgadores del país. Sin embargo, la Corte aún podría analizar los cientos de amparos que se han promovido contra la reforma judicial o las consultas abiertas dentro de la Corte, pero sin llegar a los alcances planteados en las acciones de inconstitucionalidad.

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