El órgano jurisdiccional electoral falló a favor del suplente del edil Miguel Bahena, quien perdió la vida el pasado 20 de octubre tras un ataque armado
El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) ordenó a los integrantes del ayuntamiento de Pisaflores que efectúen el nombramiento del nuevo alcalde, quien sustituirá al fallecido edil Miguel Bahena Solórzano.
En ese sentido, el órgano colegiado pidió que, en un plazo no mayor a 24 horas a partir de la notificación de la sentencia, lleven a cabo una sesión de Cabildo para que Silvestre García Márquez asuma el cargo de presidente municipal suplente y rinda la protesta marcada por la ley.
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Lo anterior, después de que el TEEH declaró como fundados los agravios señalados por el virtual sustituto, a través del juicio ciudadano TEEH-JDC-094/2025, en el que denunció a tres regidores del ayuntamiento de Pisaflores de violentar su derecho político-electoral al votar en contra de su acceso al cargo.
La magistrada Lilibet García Martínez planteó que “la conducta desplegada por los integrantes del ayuntamiento causa una afectación directa a la voluntad ciudadana que eligió al actor (Silvestre García) como presidente municipal suplente”.
Además, sobre el argumento de los regidores acerca de que el posible sustituto de Pisaflores cuenta con antecedentes penales por el delito de lesiones agravadas, la magistrada explicó que el promovente aportó medios de prueba para acreditar la no existencia ni indicio de las acusaciones en su contra.

Para ello, mostró una constancia de no inhabilitación, expedida por la Secretaría de Contraloría estatal, y una carta de no antecedentes penales, firmada por la Procuraduría General de Justicia en el Estado de Hidalgo (PGJEH).
Asimismo, en lo relacionado a las manifestaciones de que el alcalde suplente no cuenta con residencia efectiva dentro de Pisaflores, la magistrada refirió que los planteamientos carecen de sustento, pues Silvestre García exhibió una credencial de elector que acredita su domicilio en el municipio.
Esto también se comprobó cuando el demandante fue registrado como alcalde suplente durante el pasado proceso electoral de 2024.
Aunado a ello, la magistrada Rosa Amparo Martínez Lechuga señaló que “los integrantes del ayuntamiento erróneamente consideraron que tenían la facultad para aprobar o no la asunción del cargo del presidente municipal suplente” e indicó que la única obligación del Cabildo es estar presentes en la sesión solemne para rendir protesta a Silvestre García.
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