La Sala Regional especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inexistentes los señalamientos de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) hacia el Partido Acción Nacional (PAN) sobre que este buscaba simular su proceso interno y utilizó símbolos y expresiones de carácter religioso en spots.
En el expediente SRE-PSC-16-2022, el actor se dolió de tres agravios, pues aseguró que el blanquiazul vulneró las reglas de precampaña, realizó una distribución inequitativa de la pauta y violó el principio de laicidad con promocionales a favor de Fabián García López, precandidato a la gubernatura por el PAN.
En la resolución se estableció que, en el primer señalamiento, a partir de los contenidos se observa que la propaganda va dirigida a la militancia y simpatizantes del partido; además, no fueron detectados mecanismos explícitos o indirectos para posicionar al partido sobre las demás.
En cuanto al segundo agravio, la sala detalló que la publicidad se dirigió a hombres y mujeres y la participación del aspirante “no es una simulación de la contienda interna”, toda vez que ambos perfiles tuvieron acceso a las prerrogativas para tal fin; además, “no es exigible que los promocionales se realicen en un plano de igualdad formal; es decir, 50 por ciento para cada precandidatura”, establece la sentencia.
En cuanto al uso indebido de imágenes religiosas, el órgano jurisdiccional advirtió que, si bien aparecen en los promocionales, no se observa la intención del precandidato de usarla como elemento principal, ya que se encuentra en un plano secundario o residual.
En ese sentido, fue confirmada la resolución de la Unidad Técnica de lo Contencioso del Instituto Nacional Electoral (INE).
Adela Garmez
Pachuca
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