El domicilio particular de un funcionario, candidato o ciudadano es un dato personal que no debe darse a conocer, pues se pondría en riesgo la integridad de la persona y la hace vulnerable a delitos como extorsión, secuestro, entre otros.
La comisionada presidenta del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo (Itaih), Myrna Moncada Mahuem, puntualizó que los servidores son susceptibles de ser “identificables e identificados, por lo que no debe ser público”.
El pasado 20 de abril, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) publicó los supuestos recibos de luz, emitidos por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), a nombre del abanderado de la candidatura común Julio Menchaca Salazar, en los que se expusieron diversas direcciones.
Al respecto, la comisionada afirmó que, aunque sea funcionario o aspirante a un cargo de elección popular, el domicilio particular es información confidencial que no debe divulgarse, porque “mantenemos nuestro hogar con un recurso que es nuestro sueldo y no con el erario; en el momento que nos pague algo por ese domicilio, este se hace público”.
Además, puntualizó que para que haya una sanción por la filtración de datos, debe iniciarse la denuncia ante el órgano garante local o nacional, el cual deberá analizar la fuente, de dónde salió la información, si es verdadero o falso el documento y cómo se obtuvo, entre otras indagatorias.
Abundó que se haría una ponderación de derechos; es decir, identificar si la difusión de la información es de interés público o es más importante cuidar y proteger la privacidad.
Adela Garmez I Pachuca