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Hace (24) meses
La colaboración entre autoridades electorales
Guillermo Corrales
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El pasado martes, el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) y el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) firmaron, en un hecho sin precedentes, un convenio de colaboración institucional que tiene como propósito fortalecer la comunicación electrónica entre ambas autoridades electorales.

Recordemos que nuestro sistema electoral tiene diferentes tipos de autoridades electorales, en Hidalgo la autoridad administrativa local es el IEEH, que en época electoral nos encargamos de la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales locales, es decir, la renovación de los 84 ayuntamientos, las 30 diputaciones del Congreso Local y la gubernatura, como es caso de la actual contienda; la autoridad jurisdiccional es el TEEH, el cual resuelve todos los medios de impugnación y procedimientos en materia electoral que resultan de su competencia; y la autoridad ministerial que es la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Procuraduría General de Justicia del Estado, la cual investiga aquellos hechos que puedan constituir, como su nombre lo refiere, un delito electoral.

En nuestra entidad, entre las autoridades electorales locales, además de autonomía, gozamos de un clima y ambiente de respeto, cordialidad y corresponsabilidad, lo cual se vio reflejado el martes pasado con la firma de nuestro convenio de colaboración, en la que nos acompañaron como testigos de honor el procurador General de Justicia del Estado de Hidalgo, Alejandro Habib Nicolás; el presidente de la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana, César Lorenzo Wong Meráz; y el fiscal especializado en Delitos Electorales de la entidad, Sergio Zúñiga Hernández.

Por diseño legal, los Procedimientos Especiales Sancionadores (PES) los investigamos y sustanciamos en el IEEH y los resuelven en el TEEH. Este sistema de atención híbrido hace necesaria una plena coordinación entre autoridades para que la principal beneficiaria sean la ciudadanía o los partidos políticos que acuden ante el árbitro electoral para dirimir una diferencia de carácter administrativa electoral.

A través de estos PES, los cuales tienen una naturaleza expedita, es decir, que están diseñados para que su resolución sea pronta, se pueden dirimir controversias respecto de propaganda política o electoral, promoción personalizada de servidoras y servidores públicos, promoción de actividades institucionales de los tres órdenes de gobierno durante la etapa de campañas electorales, actos anticipados de precampaña y campaña, como también respecto de violencia política contra las mujeres por razón de género.

Ahí radica la importancia de que el IEEH y el TEEH signáramos un convenio que medularmente hará que, a través de un sistema informático seguro, se pueda conocer y agilizar los procesos de sustanciación e investigación de los PES y, en consecuencia, el TEEH los resuelva con todo lo necesario para continuar haciéndolo de manera ágil y rápida.

Larga vida a la relación respetuosa, dinámica y cordial entre las autoridades electorales del estado.

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