Una revisión judicial analiza un fallo emitido hace dos décadas, luego de que se revelara información sobre el juez que dictó la sentencia
Nuevas indagatorias judiciales abrieron la posibilidad de que el caso que involucró a Gloria Trevi, María Raquenel Portillo y Sergio Andrade pudiera ser revisado nuevamente, a más de dos décadas de las resoluciones que marcaron el cierre del proceso penal.
La periodista María Idalia Gómez señaló en una entrevista que surgió información relacionada con el juez que dictó la sentencia en Chihuahua, lo que podría generar la reapertura del expediente.
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El caso fue conocido públicamente como el Clan Trevi-Andrade, a partir de las acusaciones de Aline Hernández, quien en su libro La Gloria por el Infierno relató el modo en que se integraba el grupo de jóvenes que trabajaban con Andrade.
La denuncia penal interpuesta por los padres de Karina Alejandra Yapor Gómez derivó en la detención de Gloria Trevi, Sergio Andrade y Mary Boquitas en Brasil, el 13 de enero del año 2000.

Tras su detención, Gloria Trevi permaneció en cárceles de Brasil hasta diciembre de 2002, cuando fue extraditada a México. Su proceso continuó en un penal de Cancún y posteriormente en el Cereso de Chihuahua, donde enfrentó las acusaciones por violación agravada, rapto y corrupción de menores. La figura del juez responsable quedó bajo análisis en las recientes investigaciones.
El 21 de septiembre de 2004, el juez séptimo de lo penal, Javier Pineda Arzola, absolvió a Gloria Trevi de todos los cargos. La resolución también absolvió a María Raquenel Portillo y Marlene Calderón Derta. Con esta decisión, Gloria Trevi concluyó más de cuatro años de prisión y retomó actividades profesionales.
Sin embargo, el proceso penal permaneció abierto unos meses más para el caso de Sergio Andrade. En marzo de 2005, el mismo juez dictó una sentencia de siete años con diez meses de prisión para el productor, además de una sanción económica para la víctima. Estas resoluciones formaron parte del expediente que se consideró cerrado durante dos décadas.
Las nuevas indagatorias, de acuerdo con lo expuesto por María Idalia Gómez, señalan que el juez que dictó la sentencia no contaba con cédula profesional al momento de emitir los fallos. Esta información podría derivar en que el proceso sea considerado jurídicamente inválido.
En ese contexto, la posición de Gloria Trevi, Mary Boquitas y Sergio Andrade ha regresado a la discusión pública ante la posibilidad de que el caso pudiera revisarse nuevamente.
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