El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) falló a favor de Grupo Forajido y negó a Christian Nodal el uso legal de dicha denominación

Christian Nodal pidió ante el IMPI el registro de la marca comercial “El Forajido”, tras perder los derechos de su propio nombre | Foto: Especial
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) negó al cantante Christian Nodal el registro de la marca El Forajido. La resolución, emitida a favor de la agrupación Grupo Forajido, imposibilitó al intérprete sonorense utilizar dicha denominación en conciertos, espectáculos en vivo, actividades culturales y explotación de mercancía oficial.
El fallo de la autoridad concluyó que la coexistencia de identidades comerciales similares dentro del mismo sector del entretenimiento era jurídicamente improcedente. Asimismo, la dependencia reconoció los derechos adquiridos por el grupo, cuyos integrantes acreditaron el uso previo y continuo del nombre durante más de tres décadas.
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El proceso legal inició el pasado 22 de abril, cuando Christian Nodal presentó el trámite ante el IMPI para operar bajo ese nombre alterno. El cantante adoptó este seudónimo en sus plataformas digitales tras expresar de forma pública su inconformidad por carecer de control legal sobre su propio nombre y catálogo musical, ya que la reserva de derechos de Christian Nodal quedó registrada a nombre de su padre.

Ante la solicitud del intérprete, Grupo Forajido interpuso un escrito de oposición formal el 15 de mayo. Los representantes de la banda argumentaron la existencia de similitudes gramaticales, fonéticas, gráficas y conceptuales. Para sustentar su postura, anexaron material discográfico, portadas de álbumes, campañas promocionales y registros de prensa que avalaron el uso ininterrumpido del concepto desde la década de 1990.
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Durante el litigio, José Manuel Maldonado, baterista y fundador del conjunto musical, aclaró que la acción legal no constituyó un ataque personal contra el intérprete de Adiós, amor, sino una defensa legítima de su trayectoria y patrimonio intelectual.
Con este dictamen, el organismo regulador sentó un precedente en la industria musical al determinar que la popularidad de un solicitante no invalida los derechos previos de terceros. En consecuencia, el equipo legal de Christian Nodal se vio obligado a diseñar alternativas para sus próximas estrategias de comercialización y presentaciones públicas.
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