Delegados no son servidores públicos: jurídico de Tulancingo

El director jurídico del gobierno de Tulancingo, Abdiel Camacho Castelán, informó que de acuerdo con el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los delegados y subdelegados no deben ser considerados servidores públicos o representantes populares.
Así respondió el municipio al Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) respecto a la notificación del juicio para la protección de los derechos político-electorales TEEH-JDC-020/2020, promovido por 14 autoridades auxiliares por la omisión del ayuntamiento para otorgar una remuneración por ejercer un cargo como servidores públicos.
En conferencia de prensa, Camacho Castelán recordó que los servidores públicos están sujetos a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y, en consecuencia, los delegados y subdelegados no encajan dentro de esa figura porque no tienen una relación laboral subordinada con el ayuntamiento ni tampoco rinden declaración patrimonial.
Puntualizó que, si bien las autoridades auxiliares son elegidas por sus vecinos, tampoco alcanzan el rango de representantes populares porque el procedimiento del que emanan no lo lleva a cabo el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) y carece de su aval.
Asimismo, señaló que el derecho en México no es consuetudinario, por lo que el fallo a Cuautepec derivado del juicio TEEH-JDC-147-2019, interpuesto en diciembre de 2019 por 13 delegados y subdelegados de Cuautepec, en el que ordena al ayuntamiento remunerar a nueve de los promoventes no sería un antecedente para generar normas.
María Antonieta Islas
Tulancingo