Se queda en cárcel conductor de BMW
 
Hace (70) meses
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Carlos Salomón Villuendas Adame, quien conducía el BMW que chocó en Reforma y ocasionó la muerte de cuatro personas, la madrugada del 31 de marzo de 2017, perdió la última posibilidad para recuperar la libertad.

El Primer Tribunal Colegiado rechazó concederle la libertad provisional, a través de una modificación de la medida cautelar de prisión preventiva justificada, porque consideró que existe el riesgo de que pueda darse a la fuga al no estar acreditado su arraigo en esta Ciudad.

En enero pasado, un Juez Penal de la Ciudad de México condenó a 9 años con 6 meses de prisión al conductor por el delito de homicidio culposo, preso en el Reclusorio Norte.

“(Villuendas) sí representa riesgo o peligro de sustracción, pues no hay certeza que tenga arraigo en esta Ciudad de México, ya que además que no hay certidumbre de dónde él reside habitualmente y de su actividad laboral.

“En la audiencia de medidas cautelares no se generaron condiciones para estimar que al imputado le sería más perjudicial y gravoso sustraerse de la acción de la justicia -como se dijo, ya sea por cuestiones personales, de salud, familiares o de trabajo, entre otras-, que quedarse en el lugar que mencionó que es su domicilio para la continuación del proceso”, resolvió el colegiado en el amparo en revisión 297/2017.
Los magistrados Francisco Javier Sarabia Ascencio, ponente del caso, y Horacio Hernández Orozco, votaron por negarle una medida cautelar diversa, considerando en buena medida las condiciones en que estaba Villuendas la madrugada del accidente.

“Se le atribuye culposamente la privación de la vida de 4 personas, presumiblemente por razones adjudicables a él, como el que iba conduciendo en estado de ebriedad y en exceso de velocidad el automóvil en el que tripulaban las víctimas directas;

“Esas condiciones resultan ser suficientes para determinar que se satisface la causa de procedencia de la medida cautelar consistente en la prisión preventiva justificada”, señala la sentencia.

La prisión preventiva le fue dictada a Villuendas desde abril de 2017, en la primera audiencia que tuvo ante un Juez de Control. Es decir, esta medida cautelar le fue impuesta desde antes de ser sentenciado.

El Tribunal Colegiado argumentó en su resolutivo que el hecho que Villuendas pasara de acusado a sentenciado no implica un cambio de situación jurídica en lo que se refiere a la medida cautelar.

Lo anterior, porque el Código Nacional de Procedimientos Penales señala que cuando el sentenciado impugne su condena “continuará el seguimiento de las medidas cautelares impuestas hasta que cause estado la sentencia”.

El sentenciado ahora sólo le resta litigar contra la sentencia condenatoria, como única vía para salir de prisión.

Abel Barajas
Agencia Reforma

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