Revoca TEPJF sentencia que anulaba lineamientos de discapacidad
 
Hace (34) meses
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Avala la Sala Superior tres candidaturas a gobernador
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La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia de la sala regional Toluca por la que anulaba el artículo 38 de los lineamientos de postulación para personas con discapacidad.

En dicha disposición, el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) exigía a los partidos, candidatos o coaliciones entregar un certificado médico, expedido por una institución médica pública o privada, que acreditara el padecimiento de los aspirantes que participaran bajo esa acción afirmativa.

No obstante, la mayoría del pleno de la sala superior votó a favor de dejar a salvo esa disposición, solo dos magistrados votaron en contra al señalar que el artículo solo establece discapacidades permanentes y excluye las temporales, las cuales deben ser incluidas.

El juicio fue interpuesto por las organizaciones de la sociedad civil Craniosinostosis México AC y Creciendo Juntos AC.

Adela Garmez

Pachuca

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó los recursos interpuestos por las asociaciones civiles Craniosinostosis y Creciendo Juntos, por las que buscaban controvertir la sentencia de la Sala Regional Toluca que invalidó la regla de que las personas con discapacidad debían comprobar su estado de salud mediante certificado médico.

Asimismo, no fue estudiado el caso de Ricardo Crespo Arroyo y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), por el que pretendían que le fuera regresada la candidatura como suplente de la posición uno de la lista plurinominal, toda vez que el órgano jurisdiccional señaló que era inelegible al enfrentar una inhabilitación.

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