Publican lineamientos para procesar a jueces, no a magistrados
 
Hace (57) meses
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El Consejo de la Judicatura local dio a conocer ayer los lineamientos para poder iniciar procesos administrativos contra jueces y funcionarios del Poder Judicial de Hidalgo; sin embargo, exentan a los magistrados estatales.

El órgano indica que las quejas se tendrán que iniciar de oficio y que el trámite constará de cuatro etapas: el inicio del procedimiento, la investigación, la determinación de la probable responsabilidad y la sanción, en su caso.

Según lo publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), mediante el convenio 21/2019 se exenta del proceso a los altos mandos del ente.

“El presente acuerdo tiene por objeto establecer los procedimientos para garantizar los principios que rigen el servicio público y para identificar, investigar, determinar y sancionar las responsabilidades administrativas de los servidores públicos del Poder Judicial con excepción de los integrantes del Tribunal Superior de Justicia (TSJH) y del Tribunal de Justicia Administrativa (TJAH)”, cita el convenio inscrito en el Tomo CLII.

Según lo determinado por la Judicatura estatal, las conductas por las que iniciarán procesos de responsabilidad penal son ejercer consignas, encargo, comisiones o cualquier acción que genere subordinación de alguna persona o poder; inmiscuirse indebidamente en asuntos que competen a otra autoridad judicial; tener una “notoria ineptitud” o descuido en el desempeño de las funciones o labores que deban realizar.

Además, conocer sobre algún asunto o participar en algún acto para el cual se encuentren impedidos, no informar al representante del Poder Judicial en el estado cualquier acción tendiente a vulnerar la independencia de la función legal, así como llevar a cabo una o más conductas de naturaleza sexual, valiéndose de su posición jerárquica, entre otras.

Delinean el procedimiento

  • Una vez iniciada una queja contra un funcionario del Poder Judicial estatal, en caso de ser anónima, debe estar acompañada de pruebas; posteriormente, se realizará una audiencia pública
  • El día de la comparecencia el funcionario debe rendir un informe y aportar evidencia para su defensa
  • Luego, en 20 días, la autoridad deberá recabar la información presentada y emitir un acuerdo
  • Cinco días después se abrirá un período de alegatos y se deberá emitir una resolución 30 días más tarde
  • Los términos en todas las etapas podrán ampliarse según la complejidad de los asuntos, de acuerdo con los lineamientos publicados ayer

Marisol Flores l Pachuca

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