Especialistas en derecho familiar explicaron cuáles fueron los pasos legales para reclamar apoyo económico cuando uno de los padres incumplió con sus obligaciones hacia menores
El incumplimiento en el pago para el sustento de menores de edad continuó como una de las problemáticas más frecuentes en materia familiar en México. Especialistas en derecho familiar señalaron que la manutención de hijos e hijas representó una obligación establecida por la ley y que su incumplimiento puede derivar en sanciones legales, restricciones administrativas y el ingreso al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
La abogada Maricela Carlos explicó que la pensión alimenticia fue considerada un derecho irrenunciable para menores de edad y personas que no pueden mantenerse por sí mismas. Indicó que, para iniciar un proceso legal, no fue necesario que existiera un divorcio previo, sino únicamente acreditar la separación y la guarda y custodia del menor.
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De acuerdo con especialistas, uno de los primeros pasos para exigir la pensión alimenticia consistió en elaborar un listado detallado de gastos relacionados con alimentación, colegiaturas, uniformes, consultas médicas y actividades recreativas. Estos documentos permitieron sustentar la solicitud ante un juzgado familiar.
Además, se recomendó reunir actas de nacimiento, comprobantes de gastos y datos laborales del deudor para fortalecer el procedimiento. Los expertos recordaron que los derechos de niñas, niños y adolescentes tuvieron prioridad en este tipo de litigios, por lo que las autoridades pueden ordenar descuentos provisionales al salario del deudor mientras se resuelve el juicio.
El proceso legal contempló acudir ante un Juzgado Familiar, una Defensoría Pública o instituciones de apoyo para elaborar la demanda correspondiente. Una vez presentada, el juez pudo emitir medidas provisionales para garantizar el acceso inmediato a recursos económicos destinados al menor.
Especialistas señalaron que los derechos de los menores no se suspendieron aunque el deudor cambiara de empleo o intentara ocultar ingresos. En algunos casos, cuando existió incumplimiento reiterado, las autoridades permitieron iniciar procedimientos penales.
La ley mexicana estableció que la pensión alimenticia debía cubrirse hasta los 18 años; sin embargo, este periodo pudo ampliarse hasta los 25 años si el hijo continuaba estudiando. También se contempló la posibilidad de extenderla de manera permanente en situaciones de discapacidad.
Otro de los mecanismos legales consistió en registrar al deudor dentro del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. Para ello, debieron transcurrir al menos 90 días de incumplimiento desde la notificación judicial. Entre los datos requeridos estuvieron CURP, RFC, domicilio y monto adeudado.
Autoridades y especialistas insistieron en que los derechos relacionados con la manutención no prescribieron cuando nunca existió pago. Incluso, al alcanzar la mayoría de edad, los hijos tuvieron la posibilidad de reclamar retroactivamente la pensión alimenticia no cubierta durante años anteriores.
También recordaron que la pensión alimenticia no solo implicó dinero en efectivo, sino acceso a salud, educación, vivienda y alimentación. Por ello, los derechos de menores y adolescentes continuaron protegidos dentro de la legislación mexicana.
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