Pelea Adelfa herencia de Chapey con sus hijastros
 
Hace (35) meses
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Por un conflicto patrimonial con hijos de su finado esposo, Adelfa Zúñiga Fuentes enfrentó un proceso penal por el delito de despojo, pero le fue dictado un auto de no vinculación.

Ayer se llevó a cabo la audiencia inicial de la causa penal 114/2021 y, al salir de dicho acto, la candidata a diputada local por el distrito VII Actopan por Movimiento Regeneración Nacional (Morena) informó que la jueza de control determinó que no existían los elementos suficientes para seguir el curso legal en su contra.

En entrevista, indicó que el delito por el cual se le acusaba se trata de “una cuestión patrimonial”, en la que hijos de Leonardo Ramírez Álvarez Chapey, su esposo, fallecido en febrero de 2019, le alegaban la propiedad de bienes.

“Los hijos de mi marido no están de acuerdo con todo lo que les dio y ahora quieren ir sobre lo que es mío, sobre mis bienes (sic)”, mencionó, sin dar detalles de lo que, afirma, le pelean.

Es la segunda ocasión que la exalcaldesa de El Arenal libra un proceso penal por este delito: en junio de 2018 le fue dictado un auto de formal prisión debido a que se le acusaba de despojo agravado, por lo que estuvo dos días recluida en el Centro de Readaptación Social (Cereso) de Pachuca.

Después, fue trasladada a un hospital particular por complicaciones de salud; sin embargo, luego de dos meses obtuvo un amparo que revocó la sentencia.

La candidata a legisladora local tramitó un amparo para evitar que se le dictara prisión preventiva por dicho proceso penal; sin embargo, el recurso fue desechado por improcedente, como publicó Criterio en su edición del pasado 18 de mayo.

El artículo 319 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que en caso que no se acredite la existencia del delito y la probablidad de comisión del imputado, el juez de control dictará el auto de no vinculación a proceso; sin embargo, no impide que el Ministerio Público continúe con la investigación y posteriormente formule una nueva imputación, salvo que decrete el sobreseimiento.

ACREDITAR EL DELITO

Para dictar un auto de vinculación a proceso se necesita acreditar la existencia del hecho delictuoso y la probabilidad de que el imputado lo haya cometido o participado en su comisión, de acuerdo con la fracción III del artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales

Giovanny Flores I Pachuca

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