Conoce lo que estará permitido y prohibido con la nueva ley que aprobó el Senado para regular el uso lúdico de la mariguana.
¿Qué se aprobó?
Con 82 votos en favor, 18 en contra y 7 abstenciones, el Senado avaló que se expida la Ley Federal para la Regulación del Cannabis.
También habrá reformas y adiciones a la Ley General de Salud y el Código Penal Federal.
La legislación regula el cultivo, producción, distribución, exportación e importación, venta y consumo de cannabis.
▶️ Para garantizar la libertad de cultivo y comercialización del cannabis, el Senado aprobó diversas regulaciones, ¡conócelas! 🙌🏼 pic.twitter.com/0uDKMkOO3v
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Lo que estará permitido
Portar hasta 28 gramos para consumo personal, lo que equivale a 28 cigarros.
Un consumidor podrá cultivar en su domicilio hasta 6 plantas, y si comparte piso con otra persona, el máximo será de 8 plantas.
Consumo en domicilios de cannabis psicoactivo a mayores de edad, siempre y cuando no lo hagan en presencia de menores de 18 años o de adultos que no hayan expresado su consentimiento.
Creación de asociaciones de consumidores adultos (con un máximo de 20 miembros), que podrán cultivar hasta 4 plantas por integrante.
Habrá permisos de comercialización para uso adulto, los cuales serán regulados por un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud.
📌 #HoyEnElSenado se aprobó crear la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y reformar la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, para la regulación del #CannabisLegal.
Conoce toda la información de las sesiones en la #SesiónEnBreve. 👇https://t.co/5VpKytIaHN pic.twitter.com/rbiMTmFiYF
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Y lo que no….
La posesión de mariguana entre 28 y 200 gramos será sancionada con multa, en los términos del artículo 56 de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis.
La posesión mayor a 200 gramos se castigará penalmente.
Hasta 28 kilos sería considerado como narcomenudeo; si se supera esa cantidad, podría juzgarse como narcotráfico.
Se establece que comete el delito de corrupción de menores quien obligue a menores de 18 años, o a personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o resistirlo, a desarrollar cualquier actividad relacionada con la cadena productiva del cannabis.
Comercializar productos con niveles de THC o CBD mayores a los autorizados.
Comercializar productos mezclados con alcohol, cafeína o nicotina.
En el marco del análisis de la regulación de cannabis en México, @CGBSenado te comparte un estudio sobre las experiencias internacionales de su uso, consumo y cultivo.
Encuéntralo en: https://t.co/YrXqo0UFtA pic.twitter.com/h7fv1poNdW— Senado de México (@senadomexicano) November 20, 2020
¿Qué sigue?
El dictamen aprobado por el Senado pasa a la Cámara de Diputados.
Tras el aval en San Lázaro, el Ejecutivo deberá expedir las adecuaciones normativas y reglamentarias correspondientes, incluyendo las Normas Oficiales Mexicanas.
En seis meses deberá crearse el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, para ejercer la rectoría sobre la cadena productiva del cannabis y sus derivados, y su consumo.
En hasta cinco años, al menos el 40% de las licencias de cultivo de mariguana deben otorgarse preferentemente a pueblos y comunidades indígenas en situación de marginación o vulnerabilidad, o donde el gobierno haya erradicado plantíos por restricciones previas.
Mayolo López
Agencia Reforma