El Instituto Nacional Electoral (INE) presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una controversia constitucional para echar abajo el decreto presidencial por el que se reduce el tiempo fiscal a concesionarios privados de radio y televisión.
En la impugnación se solicita a los ministros suspender la entrada en vigor de dicho decreto hasta que se resuelva el recurso.
El 22 de abril, el presidente Andrés Manuel López Obrador emitió una orden para reducir el tiempo fiscal que entregan concesionarios de radio y televisión a manera de impuesto.
Esto implica que el espacio en medios electrónicos, que se utiliza por los poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial y el INE de manera gratuita, se disminuye de 18 a 11 minutos diarios para canales de televisión y de 35 a 21 minutos diarios en estaciones de radio.
El organismo advierte que los minutos que se reducen, multiplicados por el número de concesionarios privados, implican que 6 mil 34 spots se estarían dejando de transmitir a nivel nacional para dichos fines.
“La controversia promovida por el INE plantea una invasión a las competencias que tiene el instituto como autoridad única en la administración de los tiempos oficiales que corresponden al Estado en radio y televisión, destinados a sus propios fines y al ejercicio del derecho de los partidos políticos
nacionales”, informó.
“Esta afectación a sus atribuciones deriva de la determinación unilateral del Ejecutivo federal de disminuir de manera directa los tiempos previstos en el artículo 41, base III, apartado A, inciso a) y g), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en radio y televisión respecto a la materia político electoral”.
La autoridad electoral explicó que la reducción de minutos impacta a todo el bloque de spots que tiene a disposición el Estado, por lo que evidentemente modifica el modelo de comunicación política.
“La Constitución, al otorgarle al INE la competencia de administrar el tiempo que corresponde al Estado en radio y televisión, por un mínimo de 48 minutos durante proceso electoral y el 12 por ciento de los tiempos oficiales durante el periodo ordinario, reconoce que esos son los tiempos oficiales que deben garantizarse, los cuales no pueden quedar a la discreción de las autoridades ni de los particulares”, argumentó.
Érika Hernández
Agencia Reforma