Avalan condena por alzas injustificadas

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Hace (48) meses
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La Cámara de Diputados aprobó sanciones de hasta 15 años de prisión para quienes cometan actos encaminados a encarecer los precios de productos de primera necesidad durante contextos de desastres
naturales o riesgo sanitario.

Por unanimidad, con 465 votos a favor, el Pleno avaló la adición del artículo 254 quater al Código Penal Federal a fin de establecer que las penas por acciones tendientes a incrementar los precios de productos de higiene personal, medicamentos e insumos aumentarán en una mitad en situaciones de desastre natural, riesgo sanitario o cualquier otra circunstancia.

En ese supuesto se incluyen también los bienes destinados a la prevención de la propagación o contagio de enfermedades, los artículos de primera necesidad y los que se requieran para la conservación de los mismos.

Al fundamentar el dictamen que fue enviado al Senado dela República, la presidenta de la Comisión de Justicia, la panista Pilar Ortega dijo que, a pesar de que ya existe un marco regulatorio en materia administrativa, ha sido frecuente el incremento de precios de productos indispensables ante la pandemia, como cubrebocas, tanques de oxígeno y productos de aseo y de limpieza personal, que son ofrecidos al público hasta por el triple de su valor real.

La legisladora señaló que, para lograr lo anterior, los productos son acaparados por las mismas personas que los ponen a la venta para generar escasez.

Esto, explicó, ha alterado las condiciones normales de oferta y demanda de bienes, y se traduce en un incremento de precios que lastiman la economía familiar, sobre todo de los sectores vulnerables, que en el país representan el 40 por ciento de la población.

Martha Martínez I Agencia Reforma

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