En mayo será obligatorio el nuevo sistema de facturación del SAT
 
Hace (26) meses
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En mayo será obligatorio el nuevo sistema de facturación del SAT
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Los contribuyentes podrán usar el sistema de facturación electrónica 3.3 hasta el 30 de abril, después de esa fecha pasará a la versión 4.0, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

“En la versión más reciente, los cambios más importantes son la obligatoriedad del nombre y domicilio fiscal tanto del emisor como del receptor.

“También, en el caso de los recibos de nómina, los trabajadores deberán proporcionar a su empleador su RFC, nombre completo, así como el código postal de su domicilio fiscal registrados ante el SAT”, indicó.

Con el propósito de otorgar facilidades para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, el SAT otorgó un periodo de transición hasta el 30 de abril para utilizar ambas versiones de facturación con el objetivo de adaptarse a las nuevas necesidades para la emisión de facturas o recibos de nómina.

El SAT explicó que, en el caso de los recibos de nómina, los trabajadores pueden consultar sus datos fiscales en lo que comúnmente se conoce como Constancias de RFC (Constancia de Situación Fiscal o Cédula de Identificación Fiscal).

Estas pueden ser tramitadas con contraseña o e.firma (firma electrónica) en las rutas para generar tu constancia o para obtenerla en caso de ya tener registro.

De no contar con estos medios de autenticación, se pueden solicitarlos a través de SAT ID o en la app gratuita del mismo nombre. El SAT enviará una respuesta en los cinco días hábiles posteriores a su solicitud.

Redacción web

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) solicitó a los contribuyentes actualizar los medios de contacto, teléfono celular y correo electrónico, registrados en el Buzón Tributario, el cual funciona como mecanismo de comunicación con el fisco.

Este buzón es el sistema de comunicación electrónico ubicado en la página de Internet del SAT, a través del cual las autoridades fiscales pueden notificar de cualquier acto o resolución administrativa a los contribuyentes, quienes a su vez tienen la posibilidad de realizar solicitudes, avisos, atender requerimientos, entre otras acciones.

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