Cada uno de estos ascensores implica una inversión mensual de entre 355 mil y 365 mil pesos para su operación
Con un costo de 5.5 millones de pesos, se instalaron tres elevadores a lo largo del sistema Tuzobús, en las estaciones Juan C. Doria, SEPH y zona de Hospitales.
Cada uno de estos ascensores implica una inversión mensual de entre 355 mil y 365 mil pesos para su operación; sin embargo, actualmente no están en funcionamiento. Además, entre las críticas que los usuarios del Tuzobús expresan destacan las relacionadas con las rampas y los elevadores.
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El objetivo de la construcción de los ascensores en el Tuzobús era ofrecer un acceso más cómodo, seguro y sencillo para las personas con discapacidad. No obstante, estos elevadores se encuentran en condiciones deplorables e incluso han sido objeto de vandalismo.
Criterio Hidalgo solicitó a la Secretaría de Movilidad y Transporte (Semot) información sobre el presupuesto y el tiempo asignados para el mantenimiento y reparación de estas instalaciones en el Tuzobús, por lo que la dependencia indicó que se está preparando un mantenimiento integral, lo que significa, explicó la Semot, que las acciones a implementar serán útiles y no se limitarán a una mejora estética de la infraestructura; además, indicó que las obras de reparación no solo involucran al Sitmah, sino también a otras dependencias hidalguenses y que, tras la reunión, se puedan abordar de manera integral todos los aspectos relacionados con la infraestructura.
La Semot aumentó su presupuesto de 207 millones 257 mil 534 pesos a 251 millones 715 mil 193 pesos.
Pese a que el sistema de transporte Tuzobús es de creación y administración estatal, las multas por invadir sus carriles confinados pueden ser aplicadas por elementos de Seguridad, Tránsito y Vialidad de Pachuca, las cuales van desde los 543 a los mil 86 pesos.
De acuerdo con una consulta realizada por Criterio a dicha dependencia municipal, se constató que los elementos de Tránsito y Vialidad tienen la facultad de levantar las infracciones antes mencionadas, según lo estipulado en el artículo 9, fracción XIII del Reglamento de Tránsito y Vialidad.
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Dicho numeral indica que está prohibido a los conductores circular o estacionarse en los carriles confinados y/o ciclovías.
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