Que no se te pase: SAT advierte sobre sanciones por no realizar la declaración anual a tiempo

El SAT permite pagar la declaración anual en parcialidades si se inicia antes del 30 de abril

Imagen: Lizania Zavala
 
Hace (13) meses
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La fecha límite para presentar la obligación fiscal del ejercicio 2024 es el 30 de abril

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) reiteró que las personas físicas tienen hasta el 30 de abril para presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2024, y advirtió que quienes incumplan podrían ser sancionados con multas que van desde mil 500 hasta 18 mil pesos.

Durante una conferencia realizada en las oficinas del SAT en Hidalgo, Erika Morales Ávila, administradora desconcentrada de servicios al contribuyente, explicó que la presentación de la declaración anual es obligatoria para quienes obtuvieron ingresos por diversas actividades, como arrendamiento, servicios profesionales, actividad empresarial, intereses, dividendos, plataformas digitales, entre otros.

También están obligadas a declarar aquellas personas que trabajaron con más de un empleador, que tuvieron ingresos superiores a 400 mil pesos al año, o que no recibieron retenciones por parte de una persona moral.

El SAT informó que, si no se presenta la declaración anual en tiempo y forma, primero se emite un requerimiento; si este no es atendido, puede derivar en una multa que se aplicará conforme a lo establecido en el Código Fiscal de la Federación.

Asimismo, se recordó que los contribuyentes que resulten con saldo a favor podrán solicitar su devolución dentro de un plazo de 40 días naturales. Para evitar errores, se recomendó verificar que la cuenta CLABE esté registrada correctamente y a nombre del titular.

En cuanto a los pagos, se dio a conocer que es posible optar por realizar la declaración anual en seis parcialidades, siempre y cuando el primer pago se efectúe antes del 30 de abril. De lo contrario, se perderá el derecho a pagar en plazos.

Finalmente, se exhortó a la población a no compartir contraseñas ni datos fiscales, ya que tanto la cuenta como la firma electrónica son responsabilidad del contribuyente.

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