Otorgar licencia a diputada de Zimapán, Alely Medina es delito, advierte especialista

Abogado señala responsabilidad de Andrés Velázquez por no informar sobre el paradero de la diputada

Imagen: Carlos García
 
Hace (12) meses
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Diputada de Zimapán pide licencia indefinida en medio de proceso judicial

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La diputada local Alely Medina, representante del distrito de Zimapán, sí se encuentra en calidad de prófuga de la justicia, aseguró el abogado Mario Fernández, integrante de la Barra Mexicana de Abogados y egresado de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

“El hecho de que no sea abogada no la exime. Ha estado asesorada por profesionales del derecho y es plenamente consciente de que, en caso de presentarse a laborar al Congreso o manifestar públicamente su ubicación, puede ser detenida por la Policía de Investigación y puesta a disposición judicial para ser vinculada a proceso y que se le dicte prisión preventiva oficiosa”, explicó el especialista.

Fernández también acusó al presidente de la Junta de Gobierno del Congreso de Hidalgo, Andrés Velázquez, de incurrir en delitos al concederle por segunda ocasión una licencia temporal a la diputada.

“El Congreso local incurre en el delito del fuero común de facilitación delictiva y en el delito federal contra la administración de justicia, en su modalidad de omisión, al no informar a la Procuraduría General de Justicia sobre el paradero de la legisladora”, dijo.

El abogado señaló que la aprobación de ambas licencias temporales supone que los legisladores conocen la ubicación de Alely Medina, y que han incumplido su deber de informar quién presentó físicamente dichas solicitudes, lo cual podría haber permitido a la Policía de Investigación interrogar a esa persona sobre el paradero de la legisladora.

Además, Fernández desestimó el recurso legal promovido por los abogados de Medina: “La suspensión provisional contra una orden de aprehensión, obtenida mediante un amparo indirecto, no aplica para delitos graves como el de violación, contemplado en el artículo 19 constitucional. Aun si existiera una suspensión, el artículo 166, fracción I, de la Ley de Amparo establece que debe ser puesta a disposición del juez de control competente”, concluyó.

Hasta el momento, ni la diputada ni el Congreso local han emitido un posicionamiento oficial ante estas declaraciones.

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