El artículo 74 de la LFT establece la obligatoriedad del 16 de septiembre como feriado nacional
El próximo 16 de septiembre de 2025 se conmemora el Aniversario de la Independencia de México, una de las fechas más importantes en el calendario cívico nacional. En torno a este día suele surgir la duda entre estudiantes y trabajadores: ¿se recorre el descanso obligatorio para generar un puente festivo?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 16 de septiembre está considerado como día de descanso obligatorio en todo el país, sin importar qué día de la semana caiga. En este 2025, la conmemoración será un martes, por lo que únicamente ese día será inhábil.
Esto significa que no habrá puente largo por las fiestas patrias, ya que el lunes 15 de septiembre no está contemplado como día festivo en la legislación laboral. Tanto escuelas como centros de trabajo deberán mantener actividades normales el día previo a la celebración.
El artículo 74 de la LFT establece que el 16 de septiembre es uno de los pocos feriados que no se recorren a otro día de la semana. A diferencia de otras conmemoraciones, como el 5 de febrero o el 20 de noviembre, la fecha se respeta tal cual aparezca en el calendario.
Para este 2025, el descanso por las fiestas patrias será únicamente el martes 16 de septiembre. Esto implica que no se disfrutará de un fin de semana largo, aunque sí se mantiene el derecho a percibir pago adicional en caso de que un trabajador deba laborar en esta jornada.
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En conclusión, estudiantes y trabajadores en México deberán esperar a otros feriados del calendario para contar con un puente vacacional. El 16 de septiembre seguirá siendo una jornada de celebración y descanso, pero no se extenderá al lunes 15.
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