Los cínicos plagios legislativos
 
Hace (36) meses
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Corrupción, ¿cuál?
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Dicen que el ocio no es buen compañero, porque te lleva irremediablemente a encontrar asuntos que no te imaginas, como ejemplo están las evidencias de la galopante ignorancia de los actuales diputados locales, quienes además gozan de sobrada desfachatez para pasarse de listos.

Resulta que, en el periódico oficial, se publicaron tres acciones de inconstitucionalidad dictadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación por metidas de pata de los legisladores, quienes, a causa de su ignorancia, emitieron disposiciones contrarias a los derechos humanos de los hidalguenses.

De manera extraña y contraviniendo toda normativa, aparecieron estas tres disposiciones en el Periódico Oficial que dirige Gustavo Córdoba Ruíz durante la primera quincena del mes de marzo, pese a que las sentencias corresponden al 2019 y 2020.

En fin, tal vez trataron de exhibir a los legisladores en estos tiempos de elecciones o tal vez porque así lo mandató la Suprema Corte, pero, en fin, de las tres, una sigue pendiente y tiene que ver con la deficiente consulta a los indígenas en torno a sus derechos en materia electoral.

Pidieron derogar el Decreto 203 que modificó diversos artículos del Código Electoral del Estado de Hidalgo, al considerar una afectación a los derechos de 369 mil 549 indígenas existentes en la entidad, cuando a su consulta apenas acudieron 798 personas.

La consulta realizada en siete foros, no fue realizada de buena fe, según los magistrados, y además que no podía considerar culturalmente adecuada porque no respetó las dinámicas organizativas de los pueblos.

En otra ley, dicen que hay un relativo interés por castigar en toda su dimensión la tortura cometida por funcionarios en contra de los detenidos.

Una verdadera joya fue lo sucedido en torno al artículo 80 ter de la Ley de Desarrollo Social, que piden que “los Comités de Contraloría Social deberán ser ciudadanos residentes y beneficiarios del lugar donde se aplica el programa social, sin antecedentes penales”.

Esta última petición, fue tema para que interviniera la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y pidiera la intervención de la Suprema Corte al considerar que se violaba el derecho de cualquiera para formar parte de esos comités.

La Suprema Corte hizo todo un análisis jurídico basado en la negación de derecho a quienes en algún momento cumplieron con alguna condena e invocan los principios de la readaptación social.

Mandataron la invalidez del artículo 80 Ter en su porción normativa “sin antecedentes penales”, al considerar una transgresión a los derechos de los ciudadanos. Esta sentencia tendría validez un día después de que fuera informado el Congreso.

Eso fue el 27 de enero del 2020 cuando se emitió el fallo, y los diputados tan diligentes hicieron caso para atender lo mandatado por la Suprema Corte hasta el 21 de diciembre.

Y aquí es donde sacaron a relucir toda la honestidad que cargan. De acuerdo al diputado del PT Miguel Ángel Peña Flores, tras un sesudo análisis escribió que “la solicitud de no poseer antecedentes penales para formar parte de la Contraloría Social resulta ser un requisito discriminatorio” y tras el estudio, hicieron la modificación para reforzar “los principios de igualdad y no discriminación”.

Adoptar como hallazgo propio la trasgresión de los derechos humanos en esa ley, muestra la soberbia e inutilidad de sus servicios. Habría que preguntarle a la CNDH y la SCJN qué opinión le merece este cínico plagio.

La Cámara de Diputados local gastará este año 14.3 millones de pesos en asesores y estudios legislativos, los cuales no se ven reflejados en la calidad de su trabajo, pues tan solo en el mes de marzo fueron publicadas tres correcciones graves dictadas por la máxima autoridad legal del país.

La única ventaja que tenemos los hidalguenses es que ya se van, aunque los próximos ya se encuentran haciendo campaña.

Nimiedades: No se vieron los cachorros en las listas de candidatos, ¿Qué pasaría? ¿Ya no tienen ninguna fuerza para imponerse?

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