Han aplicado 48 multas por invadir el carril del Tuzobús en lo que va del año

En cuanto a las sanciones por invadir el carril del Tuzobús, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito y Vialidad, la multa mínima es de 543 pesos, mientras que la más elevada es de mil 86 pesos

Imagen: Luis Godínez
 
Hace (14) meses
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Imagen: Han aplicado 48 multas por invadir el carril del Tuzobús en lo que va del año

Las multas son impuestas por la Policía municipal
Foto: Juan Martínez

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De enero a los primeros días de marzo, la Dirección de Tránsito del ayuntamiento de Pachuca aplicó 48 multas a automovilistas que invadieron el carril confinado del sistema de transporte público Tuzobús.

Pese a que el Tuzobús es de creación y administración estatal, las multas por invadir sus carriles confinados pueden ser aplicadas por elementos de Seguridad, Tránsito y Vialidad de Pachuca, y van de 543 a mil 86 pesos.

¿Quién aplica las multas por invadir el carril del Tuzobús?

De acuerdo con dicha dependencia municipal, los elementos de Tránsito y Vialidad tienen la facultad de levantar las multas relacionadas con el Tuzobús antes mencionadas, según lo estipulado en el artículo 9, fracción XIII, del Reglamento de Tránsito y Vialidad.

Dicho numeral indica que está prohibido a los conductores circular o estacionarse en los carriles confinados y ciclovías.

Incluso, la dependencia municipal detalló que de enero a los primeros 10 días de marzo se levantaron 48 infracciones de ese tipo.

Casi 100 personas han sido multadas en lo que va de la actual administración municipalFoto: Archivo
Casi 100 personas han sido multadas en lo que va de la actual administración municipal
Foto: Archivo

En cuanto a las sanciones, de acuerdo con el artículo, la multa mínima es de 543 pesos, mientras que la más elevada es de mil 86 pesos.

En términos generales, desde que llegó la nueva administración municipal, encabezada por Jorge Reyes Hernández, emanado de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), en septiembre del año pasado, a la fecha, se han levantado 93 multas.

La justificación para que la Policía municipal pueda ejercer la sanción también la da el artículo 33 del reglamento antes citado, el cual refiere que, pese a que el servicio público de transporte masivo de pasajeros se encuentra a cargo del gobierno del estado, los elementos de Tránsito y Vialidad de Pachuca pueden intervenir.

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