A partir de este sábado, entra en vigor el nuevo reglamento de la Ley de Imagen Urbana en Hidalgo, que prohíbe la colocación de publicidad en puentes, postes y áreas de conservación natural

El nuevo reglamento busca regular la ubicación y diseño de anuncios en Hidalgo para mejorar la seguridad vial y evitar impactos negativos en el medio ambiente y el paisaje urbano | Foto: Archivo
A partir de este sábado entró en vigor el decreto gubernamental para el reglamento de la Ley de Imagen Urbana para el Estado de Hidalgo en el cual se contemplan nuevas disposiciones referentes a los anuncios, propaganda y publicidad.
De acuerdo con dicho reglamento, serán las autoridades municipales las responsables de asegurar que los anuncios, publicidad y propaganda sean planeados, diseñados y ubicados en sitios que no representen riesgo a la vida, salud e integridad de las personas, así como evitar el daño al medio ambiente.
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Asimismo, el diseño de los anuncios y de las estructuras que los sostienen, no debe alterar la arquitectura del lugar donde son fijados, ni obstaculizar la visibilidad o causar confusión con los señalamientos viales.
En tanto, los espacios que quedaron prohibidos para la instalación de dichos anuncios son: las áreas de conservación natural, zonas o edificios considerados patrimonio cultural o histórico, los postes, y puentes peatonales y vehiculares.
Además, los propietarios de anuncios espectaculares tendrán la responsabilidad de contar con pólizas de seguro de responsabilidad civil contra terceros, responsiva técnica de la persona responsable de obra, así como un dictamen de riesgos de Protección Civil.

En el caso de los anuncios inflables, estos no podrán colocarse en cajones de estacionamiento ni exceder la altura promedio de las fachadas colindantes, además de permitir la libre circulación del peatón y contar con una valla de protección.
Finalmente, todas las personas podrán iniciar una denuncia ciudadana ante la Secretaría de Infraestructura Pública y Desarrollo Urbano Sostenible (Sipdus) o el ayuntamiento de su municipio, en caso de que algún anuncio o propaganda pueda afectar su integridad o vida.
Para ello, los denunciantes deberán proporcionar la ubicación del lugar en el que se ubique la posible infracción de imagen urbana, así como las afectaciones causadas, y las autoridades correspondientes tendrán un plazo de tres días para verificar dicha queja y proceder, en caso de comprobarse alguna problemática.
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