Aprueban Ley Olimpia en Hidalgo; la violencia digital es delito
 
Hace (36) meses
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Aprueban Ley Olimpia Hidalgo violencia digital delito
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Con 27 votos a favor y cero en contra se aprobó el dictamen de la llamada Ley Olimpia, en el Congreso del estado.

En el Pleno avalaron por unanimidad las reformas a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Hidalgo con la incorporación de la violencia mediática y digital y la adición de un capítulo III Bis al Código Penal de la entidad que establece la Violencia Digital como delito en contra de hombres y mujeres.

Esto, luego de casi dos años de que la Primera Comisión Permanente de Seguridad Ciudadana y Justicia recibiera la primera iniciativa para su análisis y resolutivo.

Durante la exposición del dictamen, fue informado que se sancionará a quien cometa el delito de violación a la intimidad sexual por producir, publicar, difundir, distribuir o compartir a través de cualquier medio o red social y sin el consentimiento de la víctima, conversaciones, imágenes, audios o videos, de carácter o contenido intimo sexual, erótico o pornográfico.

Así como para quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore, imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual, erótico o pornográfico de una persona sin su consentimiento o haga lo propio con información apócrifa, alterada o simulada.

En ese sentido, se le impondrá de tres a seis años de prisión y de 200 a 500 días multa; además, el delito se perseguirá por querella cuando la afectada sea mayor de edad con capacidad para comprender el significado del hecho y posibilidad para resistirlo.

No obstante, la pena aumentará hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza.

De igual manera, cuando sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones, en contra de una persona que no pueda comprender el significado del hecho o no tenga la posibilidad para resistirlo, se obtenga un beneficio lucrativo o no lucrativo o cuando a consecuencia de los efectos o impacto del delito, la afectada atente contra su vida o su salud.

Por último, se aumentará una mitad si se emplea violencia o se efectúa con alguna de las agravantes previstas en el artículo 181 del Código Penal del estado.

Por su parte, la diputada Nohemí Zitle Rivas recriminó que la comisión tardara en dictaminar más de 700 días y fuera desplazada su propuesta de incluir a las personas con las que se haya tenido convivencia laboral o educativa, pues también en esos espacios se puede ser víctima de actos que deriven en violencia digital.

El pasado mes de noviembre, el Pleno del Senado aprobó la denominada Ley Olimpia para tipificar la agresión digital y mediática contra las mujeres y garantizar su derecho a la justicia.

Los legisladores incorporaron en el Código Penal los delitos en los que se incurre con la difusión de mensajes íntimos de carácter sexual de niñas, adolescentes y mujeres en general.

Con información de Adela Garmez

La diputada Lisset Marcelino Tovar presentó ante el pleno del Congreso del estado una iniciativa para que se escriba, con letras en oro, la leyenda “A los trabajadores de la Salud por su labor durante la pandemia por Covid-19” en el muro de honor del recinto.

La morenista dijo que dicha propuesta tiene como finalidad honrar a los trabajadores por su labor durante la contingencia sanitaria de coronavirus, pues a casi un año de la presencia de la enfermedad en Hidalgo, ese sector ha estado al frente para la contención del virus.

Letras oro Congreso homenaje trabajadores Salud

Asimismo, precisó que durante este periodo los médicos, enfermeras, camilleros, entre otros, han tenido que cubrir extenuantes jornadas de trabajo, son objeto de actos de discriminación y algunos han fallecido debido a que durante su labor adquirieron la cepa viral SArs-Cov2, por lo que es de relevancia realizar dicho acto.

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