Las condonaciones aplican solo para contribuyentes con ingresos menores a 35 MDP
A partir de esta fecha y hasta el próximo 30 de septiembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplicará el 100 por ciento de descuento en multas y recargos de personas físicas y empresas con ingresos menores a los 35 millones de pesos anuales.
La administradora de recaudación en Hidalgo, Erika Morales Avilés, explicó que dicho estímulo fiscal podrá aplicarse en cuatro supuestos para adeudos del año 2023 hacia atrás.
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El primero, aplicará para aquellos contribuyentes que al realizar su declaración anual hayan resultado con un saldo en contra y que a la fecha no lo tengan solventado, por lo que podrán solicitar el estímulo y reducir cualquier multa o recargo generado.
También participarán aquellas personas o empresas que se encuentren sujetas a facultades de comprobación, es decir, aquellas que son revisadas por la auditoría, y que por alguna razón mantienen algún saldo pendiente.
Asimismo, aplicará para quienes tengan créditos fiscales que en enero de 2024 hayan solicitado su pago en parcialidades y que tengan algún pago pendiente, lo cual pudo generar recargos o multas, mismos que podrán ser condonados. Y para quienes tengan recargos o multas derivadas de atrasos en pagos de créditos fiscales.
El único requisito para acceder a dicho descuento es no haber solicitado algún estímulo fiscal de condonación en el año 2000, 2007 o 2013.
Asimismo, los interesados deberán descargar el documento de solicitud a través del portal del SAT y generar una cita a la cuál deberán acudir con su E-firma, contraseña y solicitud.
Una vez generado el trámite, se darán 30 días hábiles para resolver la solicitud y otros 30 días extra para realizar el pago.
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