Una sanción económica de hasta dos tantos de los beneficios obtenidos por una falta administrativa grave o acto de corrupción que les genere ganancias monetarias podrán recibir aquellos funcionarios que incurran en una de estas situaciones, de acuerdo con la Ley de Responsabilidades Administrativas publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH).
Asimismo, esta normativa establece que, en ningún caso, la penalidad que se imponga podrá ser menor o igual al monto del aprovechamiento que se acredite haber obtenido.
En cuanto a las faltas administrativas en que incurran servidores públicos y se consideran graves está el cohecho; es decir, que exija, acepte, obtenga o pretenda obtener, por sí o a través de terceros, con motivo de sus funciones, cualquier beneficio no comprendido en su remuneración, que podría consistir en dinero, valores, bienes muebles o inmuebles.
Además, cometerá peculado la persona funcionaria que autorice, solicite o realice actos para el uso o apropiación de recursos públicos, sean materiales, humanos o financieros, sin fundamento jurídico o en contraposición a las normas aplicables.
El documento refiere que la corrupción es un problema público complejo que requiere establecer instrumentos jurídicos idóneos para abatir las consecuencias que genera dicho delito, bajo un esquema de coordinación interinstitucional partícipe de los tres órdenes de gobierno, en la aplicación de las medidas de prevención, detección, así como en la sanción en el actuar del Estado frente a las personas gobernadas.
Yuvenil Torres | Pachuca