Elimina la Corte el padrón celular
 
Hace (24) meses
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), impulsado por el actual gobierno, pero que no ha sido implementado.

Por mayoría de nueve votos, el pleno de la Corte rechazó ayer la reforma de abril de 2021 para crear el Panaut debido a que viola derechos humanos a la privacidad, intimidad y protección de datos personales.

Sin embargo, los argumentos para invalidar la reforma no fueron unánimes, ya que algunos ministros rechazaron la existencia misma de un padrón de este tipo y la recolección masiva de datos personales; otros sólo criticaron la forma en que fue regulado, y dos más votaron por mantener el Panaut, pero limitándolo al registro de contratación futura de líneas de prepago y sin incluir datos biométricos.

Los resolutivos y efectos de la sentencia serán votados hoy, pero el proyecto avalado tiene el efecto de invalidar el padrón.

El Panaut hubiera sido una base de datos recabados por las telefónicas y entregada al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que incluiría datos biométricos y personales de los usuarios de telefonía celular.
Entregar estos datos hubiera sido un requisito para contratar o mantener una línea móvil, tanto de prepago como de pospago, lo que provocó miles de amparos, así como demandas ante la Corte de senadores de oposición, el IFT y el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI).

“El Panaut no resulta una medida legislativa necesaria para una sociedad democrática, pues no mantiene un equilibrio entre la necesidad de los datos en circunstancias limitadas y el debido respeto al derecho de privacidad de las personas, además de no encontrar justificación, pues las leyes ya prevén una serie de mecanismos igualmente idóneos para colaborar con las autoridades de justicia en relación con la comisión de
delitos”, agrega.

Debido a los votos concurrentes y posturas diferenciadas anunciadas ayer por varios Ministros, será hasta que se apruebe la versión final de la sentencia.

El año pasado, el presidente López Obrador defendió al Panaut como “un registro para proteger al pueblo”, criticó al INAI por impugnarlo, y acusó a las empresas telefónicas de “hipocresía” y de estar interesadas sólo en ganar dinero.

El INAI, uno de los quejosos, reconoció la determinación de la Corte, al asegurar que el padrón transgredía los derechos a la vida privada, intimidad, datos personales, identidad e interés superior del menor.

Víctor Fuentes
Agencia Reforma

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