Desestima TEEH el límite de edad para candidatos
 
Hace (50) meses
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Solicita TEEH indagar a Olvera Mota por registros tardíos
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Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) autorizaron inaplicar la fracción III del artículo 28 de la Constitución Política de la entidad, el cual establece los 21 años como edad mínima para ser alcalde.

Esto, luego de que Rodrigo Velasco Téllez, de 21 años, ingresara el juicio de derechos políticos-electorales TEEH-JDC-005-2020 contra la Comisión de Vigilancia y Justicia Intrapartidaria de Más por Hidalgo y el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), pues busca contender por el ayuntamiento de Molango en los comicios del 7 de junio.

El joven, a quien el partido le negó el registro, cumple años el 14 de agosto y el 7 de junio tendrá 20 años, 9 meses y 7 días.

“Consideramos que el requisito de la edad tiene que ver con la experiencia, madurez y demás; esos meses no limitarían el desempeño”, dijo la magistrada ponente Mónica Mixtega Trejo.

“Cuando alguna medida adoptada por la autoridad no sea razonable e idónea, debe rechazarse y optarse por aquella que se ajuste a las reglas y principios relevantes para la solución del caso […] La fracción normativa resulta contraria a los artículos 1 y 35, fracción II, de la Constitución federal (que se refieren a la no discriminación por razones de edad y libre asociación)”, agregó.

Los magistrados votaron a favor por unanimidad. La inaplicación solo tendrá efecto para este caso, que sería el primero en el estado, refirió Mixtega Trejo.

Añadió que, si otra persona de la misma edad quisiera postularse, tendría que tramitar un recurso ante el TEEH y este se analizaría.

En Jalisco, en 2018, Paola González Dávalos, de 18 años, fue candidata a la alcaldía de Tepatitlán por la coalición Juntos Haremos Historia; en Mexticacán, compitió Ana Flores Hernández, también de 18, por Nueva Alianza, y en Atenguillo, la abanderada del Verde Ecologista fue Ángela Ruiz Macedo, de 20 años .

RESOLUCIONES DE LA SESIÓN DE AYER

Ayer, el TEEH revocó de manera parcial el acta del ayuntamiento de Cuautepec del 6 de enero, pues se pretendía cambiar el nombramiento de los delegados y subdelegados del municipio a representantes comunitarios, así como que su cargo estuviera supeditado a una manifestación voluntaria

La sentencia TEEH-JDC-002-2020 señala que no hay justificación legal para estas medidas

Al respecto, Mixtega Trejo detalló que fueron electos por un año, derecho reconocido en el reglamento en la materia del municipio

Además, sobreseyeron el juicio ciudadano interpuesto por 16 delegados y subdelegados de Cuautepec de Hinojosa, pues no había firma en la denuncia de dos de ellos

Marisol Flores I Pachuca

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