Desechan en la Sala Superior del TEPJF dos recursos de asociaciones
 
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TEPJF
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó los recursos interpuestos por las asociaciones civiles Craniosinostosis y Creciendo Juntos, por las que buscaban controvertir la sentencia de la Sala Regional Toluca que invalidó la regla de que las personas con discapacidad debían comprobar su estado de salud mediante certificado médico.

Asimismo, no fue estudiado el caso de Ricardo Crespo Arroyo y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), por el que pretendían que le fuera regresada la candidatura como suplente de la posición uno de la lista plurinominal, toda vez que el órgano jurisdiccional señaló que era inelegible al enfrentar una inhabilitación.

Las querellas fueron desestimadas al considerar que los fallos controvertidos no fueron sentencias de fondo o en su caso no se analizó algún planteamiento de constitucionalidad o convencionalidad que pudiera ser revisada por dicha sala, ya que en cada caso solo se analizaron aspectos de legalidad.

La sala especializada también amonestó a los partidos que integran la coalición parcial Juntos Haremos Historia: Morena, PT y PVEM, por culpa in vigilando, así como con una multa económica al candidato del distrito federal V, en Tula, por la vulneración al interés superior de la niñez por publicar videos con infantes en Facebook sin las medidas necesarias.

 

Adela Garmez I Pachuca

La sala regional Toluca del TEPJF ratificó la cancelación de registro de la suplencia de la fórmula uno de la lista de representación proporcional del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) de diputados locales en Hidalgo, que era ocupada por Ricardo Crespo.

Es decir, el instituto político no podrá postular a nadie en esa posición y solo tendrá valor la candidatura propietaria.

Lo anterior, toda vez que, a pesar de haber sido debidamente notificado de la resolución del 20 de mayo de esa instancia sobre la revocación de la postulación de Ricardo Crespo Arroyo, el partido fue omiso en atender el trámite de sustitución.

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