La LXIV Legislatura local aprobó modificaciones a la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados, entre ellas prohibir que sujetos u organizaciones se promocionen con alguna obra o resultados de la misma.
En total, se agregaron dos artículos a la disposición: el 9 bis y el 9 ter. El primero está enfocado en prohibir la promoción de servidores públicos, partidos políticos u organizaciones civiles a través de cualquier tipo de medios de comunicación, además de que no se podrán utilizar nombres o fotografías de los impulsores y también se deberán limitar colores y símbolos que se relacionen con los funcionarios.
El segundo establece que en las placas inaugurales de las obras públicas únicamente se deberá asentar el tipo de gobierno que la realizó y privilegiar los escudos de ar-mas en lugar de los logotipos de administraciones.
También se deberá incluir el origen de los recursos, número de localidades beneficiadas, así como el monto que se utilizó para su financiamiento.
Al respecto, José Luis Espinoza Silva, legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI), presentó una solicitud de reserva debido a que considera que el Congreso estatal no está facultado para realizar dichas prohibiciones, ya que afirmó que legislar en materia de propaganda gubernamental solo es competencia del Congreso de la Unión.
No obstante, la reserva fue rechazada por el pleno con votación dividida. Además, la modificación a la Ley de Obras Públicas fue aprobada con 16 votos a favor, seis en contra y cinco abstenciones.
Irving Cruz I Pachuca