La Ley de Amnistía, aprobada ayer por el Senado, prevé otorgar el perdón por aborto, robo simple, consumo de drogas y delitos contra la salud a personas en condición de pobreza y vulnerabilidad o quienes durante el proceso no hayan contado con intérpretes en lengua indígena.
El dictamen decreta la amnistía a favor de las personas sometidas a acción penal, procesadas o sentenciadas en tribunales federales, siempre que no sean reincidentes y que los delitos hayan sido cometidos antes de la entrada en vigor de la nueva ley.
Se contempla el mismo beneficio a quien haya sido incitado a cometer el delito de sedición por razones políticas, siempre y cuando no se trate de terrorismo, ni se haya privado la vida de personas ni se haya empleado armas de fuego.
En el caso del aborto, el beneficio se dará en cualquiera de sus modalidades, así como por el ilícito de homicidio por razón de parentesco en cualquier momento de la preñez.
La reforma establece que también serán beneficiados quienes hayan cometido delitos contra la salud, incluidos aquellas conocidos como mulas, así como consumidores, siempre y cuando se trate de personas en situación de pobreza o de vulnerabilidad.
La Secretaría de Gobernación es la instancia facultada para facilitar la reinserción social de los beneficiarios de la legislación aprobada.
La amnistía será solicitada por los familiares de los beneficiados y deberá ser resuelta en un plazo máximo de cuatro meses.
Staff I Agencia Reforma