Apelar la resolución de TEEH no es agravio: Hernández Abogado
 
Hace (51) meses
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El consejero del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), Augusto Hernández Abogado, consideró que los magistrados del Tribunal local en la materia (TEEH) no deben tomar como agravio la interposición de recursos de inconformidad por la elaboración del catálogo de autoridades indígenas en solo 40 días.

De acuerdo con el consejero del IEEH, tanto el incidente de aclaración de sentencia, como el de imposibilidad de cumplimiento, que se interpusieron ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por considerar que la elaboración del citado inventario no era una atribución del organismo y que violentaba usos y costumbres de comunidades indígenas, fueron apegados a derecho.

“Los dos incidentes promovidos no están regulados en la ley, se llaman así incidentes innominados, pero en diferentes materias existen como en materia mercantil o judicial (sic)”, señaló el funcionario electoral, quien expuso que en otros estados como Jalisco y Tlaxcala se han interpuesto e incluso existe tesis jurisprudencial.

Esto, luego de que la magistrada presidenta del TEEH, María Luisa Oviedo Quezada, criticó la determinación del TEPJF al considerar que “el IEEH buscó la forma de hacerse escuchar en Sala Toluca a través de ese escrito promovido ante esta autoridad y resultó en la invalidez de nuestra sentencia, por lo que las resoluciones deben cumplirse a cabalidad y nosotros vamos a acatar este mandato”.

El consejero del IEEH consideró que, así como el organismo electoral está obligado a cumplir las sentencias, “así también los propios tribunales”.

Emmanuel Rincón

Pachuca

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