Advirtieron en IEEH que veto contra ediles era violatorio
 
Hace (56) meses
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Luego de que el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) determinó que los regidores, síndicos y alcaldes se pueden postular por otro cargo en el mismo municipio donde se desempeñan, tras un análisis realizado al documento, Criterio detectó que en el acuerdo IEEH/CG/018/2019 dos consejeros del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) advirtieron que se debía permitir a los asambleístas ejercer su derecho a participar en la elección de 2020.

En el documento avalado en la sesión ordinaria del IEEH del 28 de junio quedaron registrados los votos en contra de la limitante de la presidenta del organismo, Guillermina Vázquez Benítez, y de la consejera Blanca Estela Tolentino Soto; además, se tuvo el sufragio concurrente de Miriam Saray Pacheco Martínez.

Las dos primeras argumentaron que la Constitución Política de Hidalgo se encuentra alineada con la federal respecto a “la prohibición de reelegirse para el mismo cargo a los presidentes, síndicos y regidores, en razón de que el periodo por el que son electos en Hidalgo es de cuatro años”.

Lo anterior, por ser un plazo mayor al contemplado en la Carta Magna mexicana para establecer la reelección obligatoria en el mismo cargo; no obstante, Vázquez Benítez y Tolentino Soto coincidieron con el criterio de los magistrados del TEEH, pues la legislación “no contiene prohibición expresa respecto a postularse por cargo distinto en la elección consecutiva”.

“Es por ello que se considera que la aplicación de esos precedentes judiciales vertidos en el acuerdo es excesiva y violenta el derecho a ser votado, consagrado tanto en la Constitución federal como en la legislación local”, señala el documento que firman la presidenta del IEEH y la consejera.

Pese a los argumentos de ambas —similar al de los magistrados del TEEH—, el acuerdo para restringir la participación de los asambleístas fue votado a favor por los consejeros Francisco Martínez Ballesteros, Augusto Hernández Abogado, Salvador Domingo Franco Assad y Christian Uziel García Reyes.

Los regidores Navor Rojas Mancera, de Pachuca; Blas Alonso Barbosa López, de Atitalaquia; Neydy Ivone Gómez Baños, de Mineral de la Reforma, y Fernando Lemus, de Tulancingo, interpusieron el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos del Ciudadano (JDC) con número de expediente TEEH-JDC/025/2019 contra dicho documento.

Tras ello, el 31 de julio magistrados del TEEH revocaron parcialmente el acuerdo del IEEH del 28 de junio, en el que el órgano electoral respondía al representante del Partido Acción Nacional (PAN) Santiago Hernández Cerón, quien cuestionó si un regidor, síndico o presidente municipal en funciones podría postularse en el próximo proceso electoral para un cargo diverso al que desempeña actualmente, lo que fue rechazado por los consejeros, quienes, en cambio, consideraron que los asambleístas podrían postularse por otro municipio.

Según magistrados del TEEH, el acuerdo IEEH/CG/018/2019 que emitió el IEEH fue impreciso, al imposibilitar a cabildistas en funciones para participar en los comicios municipales de 2020, bajo el argumento de que incurrirían en reelección.

En su edición del 1 de agosto, Criterio publicó que el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez sostuvo que “la reelección es una cosa, es ir a buscar el mismo cargo y en este caso no se aplica, pues no buscan reelegirse (los asambleístas) sino participar en una nueva elección, bajo una figura distinta al cargo que desempeñan”.

SE BASARON EN JURISPRUDENCIA DEL TEPJF

Entre los argumentos con los que las consejeras electorales Guillermina Vázquez Benítez y Blanca Estela Tolentino Soto trataron de persuadir a sus compañeros de no aprobar el veto a los asambleístas se encuentra la interpretación realizada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el expediente SUP-REC-1172/2017, en una situación similar ocurrida en Coahuila.

“Consideramos que si un integrante propietario de determinado ayuntamiento es postulado por otro cargo diverso al que ocupa, no debe ser considerado reelección, ni en el mismo ni en diverso ayuntamiento, toda vez que, en caso de obtener el triunfo, no desempeñará las mismas atribuciones”, expusieron las consejeras.

Señalaron que negar el registro a un integrante propietario de determinado ayuntamiento que es postulado por otro cargo en el mismo u otro municipio es contrario al derecho de ser votado, consagrado en la Constitución Política de México.

DAN PLAZO AL IEEH PARA ATENDER

Tras revocar parcialmente el acuerdo, el 31 de julio el TEEH dio un plazo de cinco días —que vence esta semana— al IEEH para emitir un nuevo documento en el que se valide el derecho que les asiste a los asambleístas de Pachuca, Mineral de la Reforma, Atitalaquia y Tulancingo de participar en la elección de 2020.

Uno de los primeros en manifestarse a favor de la sentencia del tribunal local fue el regidor capitalino Navor Rojas Mancera, quien el jueves refrendó su interés de contender por el cargo de alcalde de Pachuca

Emmanuel Rincón | Pachuca

 

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