Acusan infracción de López Obrador por ‘traidores a la patria’
 
Hace (19) meses
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La sala regional de TEPJF declaró existentes las infracciones del Presidente Andrés Manuel López Obrador por llamar “traidores a la patria” a los legisladores que se opusieron a la aprobación de la reforma eléctrica enviada por él y avalada por su partido Morena y sus aliados.

Por unanimidad, los magistrados consideraron que el nombrar así a legisladores que se opusieron a la reforma representó una calumnia ya que no existe alguna base o investigación que lleve a tal acusación.

“No existe denuncia, investigación o procedimiento en donde les juzgue (por esa conducta) La frase se emitió con conocimiento de su falsedad”, señala la sentencia aprobada.

También fueron sancionados por esa expresión Claudia Sheinbaum, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Mario Delgado, presidente nacional de Morena, Citlalli Hernández, secretaria general e Ignacio Mier, coordinador de ese partido en la Cámara de Diputados.

Se consideró que estos funcionarios y dirigentes hicieron una imputación directa y unívoca de un delito que está establecido en el artículo 123 de Código Penal Federal, sin que existan bases legales para hacerlo.

En el caso del Presidente de la República se recordó que a pesar de declarar la existencia de la infracción, está sometido a un régimen legal de excepción, por lo que solo se le hizo una referencia a la necesidad de que actúe “con un deber de cuidado reforzado”.

A los demás dirigentes y funcionarios públicos los magistrados aprobaron multas, a cada uno, de 200 umas, esto es, 19 mil 244 pesos. A Morena se le impuso una multa por 600 umas equivalente a 57 mil 732 pesos.

Foto: Agencia Reforma

Más sanciones a Sheinbaum, y Ebrard

La Sala Especializada resolvió también en sesión a distancia y por unanimidad, sentencias cuyas propuestas fueron del magistrado en funciones Gustavo Palé –suplente ante la ausencia del magistrado Luis Espíndola– y en algunos casos, acatamientos de sentencias enviadas por la sala superior.

Entre las infracciones aprobadas por el pleno con la presidencia del magistrado Rubén Lara y la participación de la magistrada Gabriela Villafuerte, se incluyeron algunas vinculadas con dos de los aspirantes presidenciales de Morena, Marcelo Ebrard y Claudia Sheinbaum por participar en actos de campaña de los candidatos de su partido Morena.

Los magistrados consideraron “existente” la infracción de Ebrard por asistir a un acto de campaña del entonces candidato a Gobernador de Tamaulipas Américo Villarreal.

La sentencia contra Ebrard establece que a pesar de haber asistido en domingo, “día inhábil”, fue presentado como funcionario público y su condición de canciller o secretario de relaciones exteriores fue asentado en mantas y en publicidad. Se aprobó dar vista al OIC de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

En el caso de la jefa de Gobierno los magistrados consideraron que con su presencia en un acto de campaña de la entonces candidata de Morena a la Gubernatura de Quintana Roo, Mara Lezama, pudo afectar las condiciones de la competencia.

Se consideró que las dos cometieron infracciones y se decidió notificar la infracción al Congreso de la Ciudad de México.

Inexistentes infracciones del PRI

En contraste, y en otra sentencia, los integrantes de la sala especializada declararon inexistentes las presuntas faltas del PRI, dirigentes y Gobernadores de ese partido que asistieron a la Segunda Sesión Ordinaria del Consejo Estatal del PRI en Hidalgo que promovió en sus redes sociales la entonces candidata al gobierno de ese estado y secretaria general del tricolor, Carolina Viggiano.

Los magistrados desecharon actos anticipados de campaña de la candidata o violaciones al principio de imparcialidad como denunciaron Morena y el PT por el acto del 27 de febrero,

La presencia del dirigente nacional Alejandro Moreno, la secretaria Viggiano y los Gobernadores Omar Fayad, Alfredo del Mazo y Alejandro Murat, entre otros políticos, no implicaron alguna infracción ya que no tuvieron alguna intervención o voz en el acto ni hubo llamados a votar por alguna candidata o coalición, señala la sentencia.

Guadalupe Irízar
Agencia Reforma

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