Los consumidores en México tendrán que pagar, en su conjunto, entre 4 mil 187 y 6 mil 205 millones de pesos anuales más por el sobreprecio generado por el posible gravamen a la adquisición de celulares y computadoras, según estimaciones elaboradas por el Instituto de Derecho de las Telecomunicaciones (IDET).
El impuesto que se planea cobrar a los celulares que permitan el almacenamiento o la reproducción de datos depende de su capacidad de almacenamiento y puede ir desde 30 centavos por cada CD que se compre, hasta 3 mil 570 pesos por copiadora multifuncional de 70 o más páginas por minuto, con el fin de que éste se vuelva una remuneración a los autores de las obras.
“Es una iniciativa inequitativa, le va a cargar entre 4 y 6 mil millones de pesos al mercado. Esto evidentemente va a hacer que la gente que menos recursos tiene será la que menos posibilidades tenga ver que pagar estás tasas.
“Le da una carga a los más pobres. Esto va a desincentivar la conectividad en México, que de por si no andamos muy bien en materia de conectividad”, dijo Federico González Luna, miembro del IDET, en entrevista.
La iniciativa para reformar la Ley Federal del Derecho de Autor en Materia de Remuneración Compensatoria por Concepto de Copia Privada, presentada por el diputado morenista Sergio Mayer, pretende gravar celulares smartphones, tablets, pantallas o incluso las consolas de juegos al suponer que todos los que utilizan estos dispositivos con capacidad de almacenamiento realizan una copia privada de contenidos disponibles en Internet.
De aprobarse la iniciativa en el Congreso de la Unión, el pago de la remuneración compensatoria será exigible al fabricante y al consumidor a partir del primer acto de comercialización de cualquier dispositivo que permita la reproducción sonora, visual o audiovisual, en cualquiera de sus modalidades conocidas o por conocerse.
En el caso de los importadores, será exigible al momento del ingreso del producto al País.
La iniciativa podría derivar en incumplimientos al T-MEC, pues al colocar impuestos adicionales a la importación de dispositivos deriva dificultar el comercio de bienes y servicios entre México, Estados Unidos y Canadá, expresó la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y de Tecnologías de la Información (Canieti).
“(Además) en el Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor, se deja claro el principio de que será legítima la utilización de obras autorales sin remuneración en aquellos casos en que no se cause un perjuicio al autor derivado de ese uso y no como en el caso de la iniciativa de que se trata, en forma genérica”, menciona la Canieti.
Ailyn Rios
Agencia Reforma