SAT no aplazará declaración por coronavirus; pide cumplir declaración
 
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SAT no sancionará a jóvenes de 18 que no saquen su RFC
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) exhortó a los contribuyentes del país a cumplir con su declaración anual para ayudar a hacer frente a la emergencia provocada por el coronavirus (Covid-19), misma que se encuentra en su fase 2 en México.

La dependencia solicitó que todas las personas morales y físicas, quienes deban presentar sus declaraciones en marzo y abril, pongan “su granito de arena para solventar estos tiempos difíciles para nuestro país y el mundo”.

“Con una recaudación óptima, lograremos contar con mayores recursos para comprar ventiladores, equipo médico, insumos, así como medicamentos que serán vitales para atender a la población durante la crisis sanitaria. Además, las contribuciones serán indispensables para mantener la operatividad de los programas sociales dirigidos a la población más vulnerable”, dijo en un comunicado.

El SAT indicó que ante la emergencia la operación de las áreas estratégicas se hará con el personal mínimo requerido para garantizar las condiciones de servicio y atención a los contribuyentes.

Mencionó que en marzo se lleva a cabo la campaña de declaración de personas morales y en abril, la correspondiente a personas físicas. Para ello, externó, el SAT preparó la actualización de los sistemas y plataformas tecnológicas y en atención personalizada para que los contribuyentes presenten sus declaraciones en línea, por lo que reciben en promedio más de 172 mil declaraciones al mes.

A inicios de esta semana, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) sugirió al SAT ampliar el plazo de la declaración anual hasta el 31 de julio de 2020.

Asimismo, la Prodecon señaló al SAT otorgar la opción para que las personas morales paguen el impuesto que les resulte a cargo en la declaración anual hasta en seis parcialidades, sin necesidad de requerir autorización y sin la obligación de garantizar el interés fiscal, facilidad que actualmente se otorga en términos de la regla 2.14.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, exclusivamente a las personas físicas.

Redacción

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