Proponen pena de hasta 6 años de prisión por ciberacoso sexual, en Hidalgo
 
Hace (57) meses
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El diputado del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Ricardo Baptista, propuso una iniciativa en el Congreso de Hidalgo para que aumenten las penas y multas por el ciberacoso sexual en Hidalgo

 

Durante la sesión de este jueves, el legislador dio a conocer que la propuesta propone reformar los artículos 188 y 189 bis, además se adiciona el capítulo 5 bis, denominado ciberacoso sexual con el artículo 189 ter al código penal para el estado de Hidalgo se enfocará en sancionar las conductas relacionadas con la violencia digital, es decir cualquier acto que se presenta por medio de las tic´s, que atenten contra la integridad o vida privada de las personas, además de causar daño físico, psicológico o sexual, en el ámbito privado y el público.

 

Según lo propuesto por el legislador, la reforma al 188 indica que al que aprovechándose de la necesidad de alguien y mediante ciberacoso obtenga del o un tercero la cópula como condición para ingreso o permanencia en el trabajo, aumentos o cambios de puesto, se le impondrá prisión de 2 a 6 años y de 40 a 145 UMAS, es decir de 3,379.6 a 12,251 pesos.

 

El cambio al 189 indica que a la persona que de forma lasciva asedie a una persona por medios digitales, se le impondrá prisión de 2 a 4 años y multas de 60 a 125 UMAs, es decir de 5,069 a 10,561 pesos.

 

En el 189 ter indica que comete el delito de ciberacoso sexual quien con fines lascivos y de manera reiterada asedie a alguien mediante material multimedia de carácter sexual por medios digitales, y se le impondrá prisión de 3 meses a 2 años y multas de 60 a 125 UMAs, si la víctima fuere menor de edad o discapacitada la prisión será de 6 meses a 4 años y multa de 70 a 135 UMAs.

 

Estas multas incrementan en los siguientes casos:

-Cuando el hostigador mantenga o tuviera una relación afectiva o familiar con la víctima

-Cuando el hostigador se valga de su relación laboral, docente o alguna que implique subordinación de la victima

-Cuando el hostigador sea servidor público y se valga de su posición, en ese caso se le inhabilitará también para cualquier otro puesto.

El delito se perseguirá por querella cuando la víctima sea mayor de edad y tenga las facultades para entender la situación, indicó el diputado.

Indicó que se deriva de la falta de regulación de Internet y redes sociales, lo cual genera que ocurran conductas como el ciberacoso, lo cual está definido como un acto intencionado que tiene como fin dañar o molestar a una persona mediante el uso de tecnologías de información, en específico el Internet y teléfonos móviles; lo cual generan reacciones en las víctimas, lo que altera su seguridad.

Redacción

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