En reforma indígena, pueblos podrán cambiar modelo de elección
 
Hace (56) meses
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Dio ingreso a la propuesta de reforma al Código Electoral del Estado de Hidalgo para garantizar la participación indígena en los procesos democráticos. Foto: Óscar Sánchez

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El presidente de la diputación permanente de la LXIV legislatura, Armando Quintanar Trejo, dio ingreso a la propuesta de reforma al Código Electoral del Estado de Hidalgo para garantizar la participación indígena en los procesos democráticos.

La iniciativa contempla la posibilidad de que pueblos y comunidades autóctonas puedan solicitar al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) “cambio de modelo de elección de sus autoridades municipales por sistemas normativos internos”.

Esto podrá hacerse, señala el documento, previo cumplimiento de los requisitos y procedimientos establecidos el código; entre ellos, que la solicitud de cambio de modelo sea firmada por 50 por ciento más uno de la comunidad y que el municipio sea reconocido como indígena por la Ley de Derechos y Cultura Indígena y la designación de un Comité de seguimiento plural.

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El Consejo General del IEEH dispondrá en un plazo de hasta 45 días naturales para resolverá la procedencia, señala la iniciativa.

En el caso del porcentaje de candidaturas que corresponderá a población étnica, la propuesta considera que en aquellos municipios con más de 35 por ciento y hasta 50 por ciento de indígenas, los institutos políticos estarán obligados a acreditar el 35 por ciento de postulaciones.

En aquellos con 50.01 por ciento y hasta el 65 por ciento, al menos la mitad de las planillas tendrán que estar conformadas por propietarios y suplentes indígenas; mientras, en casos donde sea mayor del 65.01 por ciento y hasta el 80 por ciento, la obligación será del 65 por ciento de las candidaturas.

Por su parte, en municipios con 80.01 de población originaria, ese porcentaje deberá ser cubierto por ese sector.

En el caso de demarcaciones donde las etnias no representen el 35 por ciento pero formen parte del Catálogo de Comunidades Indígenas establecido por la Ley de Derechos y Cultura Indígena para el Estado de Hidalgo, los partidos políticos estarán obligados a postular cuando menos un propietario y suplente indígena dentro de su planilla.

En el caso de gobernador, ese grupo social podrán solicitar el registro de candidato indígena a ocupar el Ejecutivo estatal, siempre y cuando la petición sea hecha por el 70 por ciento de las autoridades comunitarias originarías que integran el total del catálogo mencionado.

Para aspirantes a diputados locales, se propone que los institutos políticos postulen cuando menos una fórmula étnica por el principio de representación proporcional en los primeros cinco lugares de su lista A.

 

Emmanuel Rincón l Pachuca

 

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