Estas son las actividades esenciales que no deben cerrar durante la contingencia
 
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Estas son las actividades esenciales que no deben cerrar durante la contingencia

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La Secretaría de Salud (Ssa) federal, publicó el 30 de marzo pasado, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las actividades esenciales que continuarán laborando durante la contingencia por coronavirus (Covid-19).

Posteriormente, el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, dio a conocer que entre los sectores indispensables hay médicos, paramédicos y otro personal fundamental.

“Esta emergencia sanitaria requiere actividades laborales en la rama médica, paramédica, administrativa y apoyo del sector salud, tanto en el campo público como en el campo privado”, indicó el funcionario en conferencia de prensa.

Según la publicación del DOF, las actividades esenciales se dividen en cinco grupos:
A. Está conformado por quienes de manera directa realizan actividades necesarias para atender la emergencia sanitaria, como el sistema el Sistema Nacional de Salud. También los que participan en su abasto, servicios y proveeduría, entre las que destacan el sector farmacéutico, manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud, además de los involucrados en la disposición adecuada de los residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI), así como la limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención.

B. Se compone por las tareas de seguridad pública, protección ciudadana, defensa de la integridad y la soberanía nacional, procuración e impartición de justicia, así como de actividad legislativa en los niveles federal y estatal.

C . La integran sectores considerados esenciales para el funcionamiento de la economía: financieros, recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas, generación y distribución de agua potable, industria de alimentos y bebidas no alcohólicas, mercados de alimentos, servicios de transporte de pasajeros y de carga, producción agrícola, pesquera y pecuaria, industria química, ferreterías, servicios de mensajería, guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para personas adultas mayores, refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, telecomunicaciones y medios de información, servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumación, servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales, logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles), así como actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación.

D. Las relacionadas directamente con la operación de los programas sociales. Al respecto, López-Gatell agregó: “Para esto, las oficinas públicas harán una reducción inmediata de las actividades administrativas accesorias, pero la operación no para”.

E. En este apartado se ubica a las necesarias para la conservación, mantenimiento y reparación de la infraestructura crítica que asegura la producción y distribución de servicios indispensables: agua potable, energía eléctrica, gas, petróleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica, entre otros más que pudieran listarse en esta categoría.

Con información de El Financiero

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